El prófugo y el patriota[1]
Luis Guillermo Vélez Álvarez
Economista
Esta semana tampoco me fue posible elegir un tema
único para mi columna. Me tocó dividirla, nuevamente, pero esta vez solo en
dos: el prófugo, Quintero Calle, y el Patriota, Uribe Vélez.
Por grande que haya sido, el daño que Quintero Calle le
hizo a Medellín, podría resultar minúsculo con el que le está haciendo al País.
Sus maniobras para sacar a los contratistas iniciales de Hidroituango,
contrariando autorizados conceptos técnicos, provocaron el atraso de las
unidades 3 y 4 y tienen en total incertidumbre las cuatro de la segunda etapa.
Esos mil ochocientos megavatios, equivalentes al 10%
de la capacidad del sistema, son causantes de la escasez actual y futura que
está afectado el mercado, modificando la conducta de los agentes y llevando al
alza del precio de la bolsa que tiene al borde de la insolvencia a 25
electrificadoras del País. Esos altos precios se han ido trasladando al
consumidor final y son responsables de los grandes incrementos de la factura de
electricidad y, en consecuencia, de la mayor inflación.
Las comercializadoras están expuestas a la bolsa porque
nadie quiere venderles energía largo plazo a precio fijo. Los generadores
limitan sus ventas largo plazo por temor a sobre contratarse y quedar, a su
turno, expuestos al precio de bolsa dada la escasez resultante del atraso de
Hidroituango. Como si esto fuera poco, ese atraso puede llevar a una situación
de racionamiento en el próximo verano.
El renacer incontenible de la popularidad del
presidente Uribe, que llevará a una gran victoria del Centro Democrático en las
elecciones del 29 de octubre, ha provocado la reacción de sus enemigos que
quieren sacarlo de la política a como dé lugar. Después de tratar de resucitar
infructuosamente el mito histórico de los falsos positivos se vienen ahora con
la aberrante decisión del Tribunal Superior de Bogotá de rechazar la solicitud
de preclusión de su caso presentada por la fiscalía.
Esa decisión es aberrante porque desconoce la verdad
material del proceso y va en contravía de la esencia misma del sistema penal
acusatorio, en el cual la investigación y la recopilación de pruebas es
responsabilidad del fiscal, quien con base en esas pruebas decide si acusa o no
acusa, es decir, si precluye.
Salvo que la solicitud de preclusión presente grandes
errores jurídicos, el juez debe aceptarla. El juez no puede alegar o presumir
la existencia de elementos materiales que deberían obrar en el proceso y que
son desconocidos por el fiscal o la defensa porque no es un juez de
instrucción. El juez debe limitarse a decidir con base en las pruebas
presentadas por las partes, en el caso de acusación. Si no hay acusación, hasta
ahí llega su función.
La triste situación de un País donde un prófugo causante
del desastre del sector eléctrico, está próximo a ser nombrado en elevado
cargo; mientras que el Patriota que lo salvó de la tiranía de las Farc, está
punto de ser llevado a un infamante juicio.
LGVA
Octubre de 2023.
[1] Esta era la columna del 9 de octubre
en El Colombiano. El diario decidió suspender la publicación de mi columna
semanal durante el mes de octubre para abrir espacio a otros candidatos.
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