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martes, 27 de diciembre de 2016

La providencia de la Consejera Bermúdez

La providencia de la Consejera Bermúdez

Luis Guillermo Vélez Álvarez
Economista, Universidad EAFIT

La providencia de la Consejera Luz Jeannette Bermúdez, mediante la cual se admite una demanda de nulidad interpuesta en contra del plebiscito del 2 de octubre y se disponen medidas cautelares, más que absurda e ilógica es peligrosa, pues la teoría sobre la naturaleza del discurso político que lleva implícita atenta contra la libertad de expresión propia de la democracia.

Según la Consejera, las declaraciones del gerente de la campaña de uno de los movimientos políticos que impulsaron el NO prueban que parte del electorado fue inducido a votar de cierta forma mediante “mentiras y engaños” en un claro ejercicio de “violencia psicológica”. Afirma la Consejera, en un tácito reconocimiento de lo absurdo de su posición, que pretender “que se demuestre voto a voto” cuáles de estos fueron “directamente afectados por la consumación” de dicho acto de “violencia psicológica” se constituiría en una “probatio diabólica”, al tiempo que pretende que su propia convicción de que algún elector votó engañado es prueba suficiente de la consumación de un delito de “fraude al sufragante”.

De acuerdo con el razonamiento de la Consejera Bermúdez, el plebiscito debía ser anulado cualquiera hubiera sido su resultado, pues los partidarios del SI, desde la perspectiva de los del NO,  también difundieron mentiras de forma “sistemática y masiva” y crearon “un clima de información sesgada y deliberadamente manipulada”. Más aún, cualquier votación puede ser objeto de una demanda de nulidad y eventualmente ser anulada, según el parecer de los jueces, pues siempre se puede alegar que en ellas está presente el “engaño que anule la libertad del electorado para escoger autónomamente”[1], porque esa es la naturaleza del discurso político.

El objeto del discurso político es la persuasión y no la prueba. El discurso político, enseña Aristóteles en su Retórica, es un razonamiento que, sin el auxilio de axiomas, busca hacer que se haga o se deje de hacer algo frente a una situación objeto de múltiples alternativas[2]. Del discurso político puede decirse cualquier cosa excepto que sea falso o verdadero. Esto último solo puede predicarse del discurso científico. La pretensión de establecer el contenido de verdad del discurso político es absurda y se torna peligrosa cuando procede de una autoridad estatal.

La idea de un discurso político de naturaleza probatoria o, mejor aún, de un discurso político verdadero, procede de Platón quien en su República reserva el ejercicio de la política a los sabios o a los filósofos quienes por naturaleza conocen lo que es el bien de la sociedad. Los demás miembros de la Polis  debían ser forzados a acatar esa verdad mediante la persuasión o la fuerza. Rousseau, el más destacado seguidor de Platón, hace proceder el contenido de verdad del discurso político de la “volonté générale" de cuya correcta interpretación queda el testimonio del régimen del terror de Robespierre, su más notorio discípulo. Marx y sus seguidores se creen dueños de la verdad política porque supuestamente detentan el conocimiento de las leyes de la historia que ineluctablemente conducen al dominio del proletariado en el paraíso comunista. Por su parte, Hitler y sus secuaces se sentían dueños de la verdad en política por pertenecer a una raza. La pretensión de ser portador de la verdad política ha estado siempre asociada al totalitarismo de secta, de clase o de raza.

Asombra la disposición mental de amplios sectores de la sociedad colombiana que los conduce a aceptar las tesis de la magistrada Bermúdez sin considerar las implicaciones que tienen sobre la libertad de expresión y todas las libertades políticas e individuales. Esta disposición mental está detrás del cuestionamiento por amplios sectores intelectuales y periodísticos de la validez de votaciones recientes en Estados Unidos y Reino Unido con el argumento de que los votantes fueron engañados. En una sociedad realmente libre, la libertad de expresión es la libertad que tiene toda persona de difundir con medios de su propiedad lícitamente adquiridos cualquier información o conocimiento sin que importe su contenido y sin que ninguna la autoridad estatal pretenda por cualquier medio decidir sobre su verdad o falsedad.

Como ciudadana, la señora Bermúdez está en todo su derecho de “ver hechos notorios” o, como Juan de Arco, “escuchar voces” que la ilustran sobre las verdaderas motivaciones de los votantes. Pero no tiene derecho a que sus creencias sobre lo que es o no verdad en política determinen sus decisiones judiciales. Ojalá que el resto de los magistrados del Consejo de Estado en esto de la naturaleza del discurso político entiendan que es mejor estar al lado de Aristóteles y el pensamiento liberal que de Platón y el pensamiento totalitario.

LGVA
Diciembre de 2016.  




[1] Las palabras y expresiones entrecomilladas están tomadas de la providencia de la magistrada Bermúdez, en especial de las páginas 50 – 51. http://consejodeestado.gov.co/documentos/sentencias/19-12-2016_11001032800020160008100.pdf

[2] Véase: Oakesshott, M. “El discurso político” en El racionalismo en política y otros ensayos. Fondo de Cultura Económica, México, 2000. Páginas 78-100.