Brevísima historia del Concejo de Medellín*
Luis Guillermo Vélez Álvarez
Economista
El nacimiento del Concejo se remonta al 6 de noviembre
de 1675 cuando sesionó por primera vez el Cabildo designado por Don Miguel de
Aguinaga, cuatro días después de la erección de Medellín en Villa. Desde esa
fecha, casi sin solución de continuidad, el Concejo ha adelantado una
fructífera actividad estrechamente vinculada al desarrollo de la Ciudad.
Las primeras cinco partes de esta brevísima historia
del Concejo de Medellín siguen un orden cronológico: la primera dedicada al
Cabildo Colonial y las otras cuatro al Concejo Republicano, desde la
independencia hasta las tres primeras décadas del XX. Las seis siguientes
tienen un enfoque más bien temático y tratan sobre la relación del Concejo con
Empresas Públicas de Medellín, el período en el que el Concejo se transformó en
Consejo, la presencia de mujeres en el Cabildo, los personajes más destacados
que llegaron a la Corporación, el Concejo durante el aciago período de la
violencia del narcotráfico y el Concejo después de la Constitución de 1991.
Este texto surgió de la invitación del presidente de
la Academia Antioqueña de Historia a dictar en la sede de la Institución una
conferencia sobre la historia del Concejo, la cual se repitió en la biblioteca
Carlos Mauro Hoyos. El artículo conserva el tono de una charla un tanto
informal sin ninguna pretensión originalidad y despojado de aparato erudito.
1. El
Cabildo Colonial
Por ser la primera nación europea en formar un gran
imperio colonial, a España le tocó inventar la organización administrativa de
las unidades territoriales mayores – virreinatos, gobernaciones y capitanías
generales – más no así la de las localidades, pueblos y ciudades, para las
cuales adoptó, desde la colonización inicial de la Islas Canarias, los cabildos o concejos medievales,
integrados por regidores y alcaldes elegidos por los habitantes para
reglamentar y administrar los asuntos de la ciudad.
Los conquistadores españoles, cuenta el historiador
Fabio Zambrano, fueron impenitentes fundadores de pueblos y ciudades durante el
proceso de ocupación del actual territorio colombiano. En los cincuenta años
siguientes a la primera fundación, la de Santamarta en 1525, se fundaron unos
cien de los actuales municipios del País.
El acto fundacional estaba protocolizado por el
nombramiento de los miembros del cabildo, llamados regidores, escogidos entre
sus hombres por jefe de la hueste conquistadora. Los primeros regidores eran pues
hombres de armas. En Antioquia el poblamiento inicial y las siguientes
fundaciones estuvo determinado por el potencial minero de ahí que las primeras
hayan sido pueblos como Santafé de Antioquia (1541), Nuestra Señora de los
Remedios (1560), San Martín de Cáceres (1576) y Zaragoza de las Palmas (1581).
La constitución del primer cabildo de Medellín fue
mucho más solemne y sus primeros miembros fueron civiles, pues se produjo
cuando ya la conquista del territorio estaba casi terminada y la colonia muy
avanzada. Recordemos que nuestro Valle de Aburrá fue visto por primera vez por
los españoles en 1541, por una hueste al mando de Jerónimo Luis Tejelo, quien
obedecía órdenes del Mariscal Jorge Robledo. Tejelo al parecer no se detuvo y
no fundó nada.
Muchos años después, en 1616, don Francisco Herrera
Campuzano, en lo que hoy es el parque de El Poblado, fundó la población de San
Lorenzo de Aburrá, básicamente un resguardo indígena. La población
del Valle fue creciendo y hacia 1640 se fue concentrando en el Sitio de Aná,
cerca de la desembocadura de la quebrada Santa Helena en el rio Medellín. El 20
de marzo de 1671 ocurrió una fundación fallida, pues faltó la Cédula Real, de
la Villa de Aburrá de Nuestra Señora de la Candelaria. En esa oportunidad se
designó un cabildo que tuvo una vida efímera.
Ya con la Real Cédula en la mano, el gobernador y
capitán general de la Provincia de Antioquia, don Miguel de Aguinaga y
Mendigoitia, dicta el auto de erección del poblado en Villa el 2 de noviembre
de 1675, imponiéndole el nombre de Medellín, en homenaje a su protector don
Pedro Portocarrero y Luna, Conde de Medellín, en Extremadura. Cuatro
días más tarde, el 6 de noviembre, inició sesiones el primer Cabildo.
El Cabildo Colonial era una institución compleja que
ejercía funciones de policía, justicia, administrativas, legislativas y
políticas: todo en un mismo paquete. Al año de fundación de Medellín, faltaban
14 para el nacimiento de Montesquieu y 59 más para que “El espíritu de las
leyes” viera la luz. El concepto republicano de separación de poderes estaba
todavía muy lejano.
Aunque a lo largo de la colonia el cabildo tuvo
algunas modificaciones, en general, el esquema que se presenta, tomado de Jaime
Jaramillo Uribe, con algunas modificaciones, recoge los rasgos esenciales de la
institución. El cabildo estaba formado por los regidores - cuyo número podía
ser 6, 8 ó 12, según el tamaño de la localidad - de entre los cuales se
nombraban el Alférez Real y el Alguacil Mayor. Los regidores nombraban
anualmente a los alcaldes de primero y segundo voto, los alcaldes de la
Hermandad y un número variable de alcaldes pedáneos o menores. También
nombraban los regidores al escribano, tesorero, contador, procurador y otros
empleos venales.
Inicialmente los alcaldes eran autoridades judiciales
solamente, pero con el tiempo, cuando gobernadores, capitanes y virreyes
dejaron de asistir a los cabildos, se tornaron preponderantes, pues ese primer
voto o, en su ausencia el segundo, orientaba el sentido de la votación que no
buscaba ser mayoritaria sino de consenso. Los alcaldes terminaron presidiendo
los cabildos.
Los cabildos tenían sesiones
ordinarias - electorales, deliberantes, administrativas y judiciales - y
extraordinarias. A las extraordinarias o de cabildo abierto se convocaban los
vecinos calificados para tratar asuntos de importancia grave o para asumir el
gobierno político de la ciudad por ausencia del funcionario al que
correspondía: virrey, gobernador, capitán o corregidor. La lectura de una Real
Cédula era motivo de cabildo abierto.
El primer cabildo de Medellín,
que, como quedó dicho, inició sesiones el 6 de noviembre de 1675, estaba
integrado por una mayoría de españoles y unos cuantos criollos nombrados todos
por el gobernador Miguel de Aguinaga. Por la importancia de las funciones y la
naturaleza jerárquica de la sociedad, “pertenecer al cabildo – señala el
historiador Víctor Álvarez - significaba ocupar un lugar preeminente en el
ámbito político y económico y, a su vez, ostentar una dignidad social que
colocaba a sus miembros por encima de los demás pobladores de la ciudad”.
Víctor Álvarez, quien
escudriñó cuidadosamente el Libro de Actas del Muy Ilustre Cabildo de
Medellín, brinda algunas decisiones que ilustran la gran variedad de
asuntos de los que se ocupaba el Cabildo:
1. El
23 de abril de 1680 se autoriza a Pedro Castaño la apertura de una escuela para
enseñar a leer, escribir, contar y doctrina cristiana. Se le protege el
monopolio y se fijan las tarifas.
2. El
21 de mayo de 1708 se dispone la realización de festejos públicos para celebrar
el primer año del príncipe Luis, hijo de Felipe V, el primer borbón.
3. El
29 de febrero de 1729 se le concede a Tomás Mejía una merced de media fanegada
en las tierras ejidales “sin pensión de renta, haciéndolo en calidad y mirando
mi pobreza”, según reza en la solicitud.
4. En
1747, ya decretado el estanco de aguardiente, se concedieron licencias de
producción a 38 personas.
El historiador Luis Miguel
Córdoba destaca entre las obras impulsadas por el Cabildo en la segunda mitad
del siglo XVIII la construcción de la Casa de Cabildo, la Iglesia de la Candelaria,
el primer acueducto, la pila de la plaza y el primer potro de tormento,
ordenado por Mon y Velarde para combatir la delincuencia.
2. El Cabildo en la
Independencia: 1810-1819.
El Cabildo tenía la atribución
de sustituir a una autoridad política ausente para lo cual se convocaba en
cabildo abierto. Por ello, el cabildo abierto fue el medio institucional
utilizado por las colonias para declarar su independencia. Esto ocurrió así en
Bogotá (1810), Cartagena (1811), Tunja (1811), Socorro (1810), Pamplona (1810),
Santa Marta (1810), Cali (1810), Popayán (1810) y Neiva (1810).
Medellín no aparece en esa
lista, pero, en enero de 1811, su cabildo eligió para participar como diputados
en el Congreso de la Provincias Unidas de Tunja a José Manuel Restrepo y Juan
del Corral. Para el congreso constituyente que se reuniría en Medellín para
expedir la Constitución del Estado de Antioquia, el Cabildo mandó como
diputados suyos a Juan Carrasquilla y a José Ignacio Uribe.
La Constitución del Estado de
Antioquia, expedida el 21 de marzo de 1812, de naturaleza republicana y con
separación de poderes, introdujo cambios significativos en el Cabildo cuyos
regidores serían nombrados por los apoderados, una especie de colegio
electoral, elegidos, ellos sí, por los electores primarios. Tenía derecho a
elegir y ser elegido “todo varón libre, padre o cabeza de familia, que viva de
sus propias rentas u ocupación, sin pedir limosna, ni depender de otro; que no
tenga causa criminal pendiente, ni haya sufrido pena corporal aflictiva o
infamatoria; que no sea sordo, mudo, loco, mentecato, deudor moroso del tesoro
público fallido culpable o alzado con la hacienda ajena”.
El artículo 21 de la
Constitución dispuso que los regidores serían seis, nombrados por dos años,
excepto el primero en el que por sorteo se renovarían la mitad, para dar así
continuidad a la gestión. El cabildo así nombrado en 1812, firmó el acta de
independencia el 20 de agosto de 1813. El 21 de agosto, el presidente dictador
Juan del Corral erigió en ciudades a las villas de Medellín y Marinilla, por
“sus importantes servicios a la patria”. Seis días más tarde el Cabildo recibió
el honorífico título y ordenó registrarlo en los libros
capitulares.
El 7 de abril de 1816,
Francisco Warleta, el pacificador de la provincia, entró en Medellín. Al día
siguiente reunió al Cabildo, al clero y a los padres de familia para tomarles
juramento de fidelidad al rey Fernando VII. Todos juraron. En la lista negra de
enemigos del rey de Warleta solo figuraba uno de los miembros del Cabildo.
3. Aprendiendo a ser
republicanos: 1820-1850
La espléndida Constitución de
Cúcuta sobriamente indicó, en su artículo 155:
“Subsisten los Cabildos o las
Municipalidades de los Cantones. El Congreso arreglará su número, sus límites y
atribuciones y cuanto conduzca a su mejor administración”
La ley en cuestión es la del 8
de octubre de 1821, “sobre organización y régimen político de los
departamentos, provincias y cantones en que se divide la República”. El
territorio se dividió en 7 departamentos, divididos a su turno en provincias y
estas en cantones. La provincia de Antioquia hacía parte del departamento de
Cundinamarca. El titulo V trata “de los cabildos y alcaldes de los
pueblos”.
El artículo 45 ordena las
Asambleas Provinciales la renovación de los cabildos en 1822 y después
continuarán renovándose por elección. El 44 indica que en cada cabecera de
cantón habrá 2 alcaldes ordinarios y en cada parroquia dependiente de la
cabecera dos alcaldes pedáneos. Los alcaldes son los encargados de la policía y
seguridad de los cantones y parroquias, bajo la autoridad del Juez Político,
autoridad ejecutiva del cantón designado por el gobernador de la provincia.
El artículo 47 señala las
funciones de los Cabildos que conviene transcribir por ser la primera
enunciación sistemática en la época republicana:
1. La
policía de salubridad, aseo y comodidad.
2. Auxiliar
a los jueces en lo relativo a la seguridad de las personas y sus bienes y en la
conservación del orden público.
3. La
administración e inversión de los bienes propios y los arbitrios.
4. El
cuidado de las escuelas de primeras letras y demás establecimientos de
educación financiados con fondos del común.
5. Cuidar
de los hospitales, hospicios y demás establecimientos de beneficencia.
6. Cuidar
de la construcción y reparación de las caminos, calzadas, puentes y cárceles;
de los montes y plantíos del común, y de todas las obras públicas de necesidad
y ornato.
7. Promover
la agricultura, la industria y el comercio según la localidad y circunstancia
de los pueblos.
8. Cualesquiera
otras que les correspondan por las leyes vigentes, o por una práctica legítima
y conforme al presente gobierno.
La ley 11 de 1825 renombró al
cabildo como Asamblea Municipal, pero, en lo fundamental, mantuvo lo dispuesto
en la ley 8 de 1821.
La designación oficial de
Medellín como capital de Antioquia se produjo el 17 de abril de 1826 mediante
un decreto emitido por el vicepresidente de la Gran Colombia, Francisco de
Paula Santander, que respondía así a la solicitud del Cabildo de Medellín. Vencía
Medellín en una carrera en la que competía con Santafé de Antioquia, Rionegro y
Sonsón que por aquel entonces tenía similar población y nivel de actividad
económica.
La Constitución de 1830 en su
artículo 134 dispuso: “habrá Concejos Municipales en las capitales de provincia
y en aquellas cabeceras de cantón en que puedan establecerse a juicio de las
Cámaras de Distrito. La ley organizará estos Concejos, designará sus
atribuciones, determinará el número de sus miembros, la duración de sus
destinos y la forma de su elección.” La Constitución de 1832 incluyó en su
artículo 168 una consideración similar.
En 1820 el Cabildo de Medellín
tenía 5 regidores. Entre ese año y 1841 tuvo un número que variaba entre 6 y 8
regidores, los cuales comenzaron a llamarse concejeros en 1830, como lo
ordenaba la ley del 11 de mayo de ese año. A partir de 1835 su periodo pasó de
uno a dos años.
4. Los Concejos y el progreso
económico: 1850-1900.
El historiador Luis Javier
Ortiz Mesa inicia su estudio Política, cabildo y ciudad
1850-1910, con esta afirmación:
“Entre 1850 y 1910, la ciudad
de Medellín tuvo un crecimiento significativo en el contexto nacional. Su
cabildo o corporación municipal fue decisivo para desarrollar, en un ambiente
predominantemente pacífico, una ciudad con gran sentido de progreso…Las
personas que hicieron parte de la corporación municipal, dada su preparación en
profesiones liberales o su compromiso con la vida económica de la región,
conjugaron con fuerza los intereses colectivos con los suyos propios”
Y añade:
“La política local en Medellín
estuvo, casi siempre, en poder de concejales cuya preocupación por la ciudad y
la región les evitó polarizarse en el Concejo, a tal punto que en sus actas no
se encuentran debates políticos sino proyectos y realizaciones para mejorar el
entorno vital de sus habitantes”.
El también historiador Víctor
Álvarez comparte esa apreciación:
“…esta élite actuaba, por lo
general muy cohesionada en torno a los intereses de la Ciudad (…) unos como
otros hacía de lado sus diferencias de partido para favorecer los proyectos de
la Ciudad”.
Esto es notable si se tienen
en cuenta que en la segunda mitad del siglo XIX se presentaron varias guerras
civiles, algunas de la cuales, como la de 1860-1862 y la de 1876-1877, se
combatieron parcialmente en Antioquia. Según reporta el historiador Luis
Latorre Mendoza, se realizaban bailes y reuniones sociales para sanar las
enemistades y rencores.
A pesar de que se sucedieron
cinco constituciones, el concejo mantuvo las funciones de las leyes 8 de 1821 y
11 de 1825, hasta la constitución de 1886, la cual fortaleció los departamentos
y dio amplias atribuciones a las Asambleas Departamentales a las cuales
quedaron subordinados los concejos municipales.
La Constitución del Estado de
Antioquia fijó en 5 los miembros del cabildo, en poblaciones de menos de 12.000
habitantes, y en 7 en las de más de ese número; siendo Medellín, que hacia 1870
tenía unos 35.000 habitantes, la única población que alcanzaba esa cifra. Hacia
1890, con la Regeneración, el número de concejales llegó a 8, con sus
respectivos suplentes.
El doctor Manuel Uribe Ángel
nos da esta descripción de Medellín hacia 1880:
“Medellín es hoy una población
de índole especial y difiere en muchos puntos de otras ciudades de la Unión.
Sus edificios están perfectamente blanqueados y su aseo es proverbial; el aire
es tibio, la atmósfera serena, las aguas cristalinas, los baños tónicos, el
clima salutífero, bellas las mujeres, industriosos y activos los habitantes. La
ciudad elegantemente construida, tiene aspecto tan singular y recomendable,
que, vista desde los puntos dominantes que la rodean, parece responder gozosa
al saludo del viajero que la visita”
Y sobre la economía de la
Ciudad indica lo siguiente:
“La clase rica de Medellín
vive de las rentas que se procura por el comercio interior y exterior, el
tráfico del oro, el beneficio de los minerales, la industria bancaria, que
cuenta con ocho establecimientos, y de las empresas agrícolas. La clase
acomodada vive de los mismos medios, aunque en menor escala. Los artesanos
subsisten del producto de la ebanistería, carpintería, herrería, zapatería,
albañilería, etc., y son activos y hábiles en sus respectivos trabajos. La
clase pobre vive del salario que se proporciona diariamente con su trabajo. Las
profesiones liberales como la medicina, la abogacía, etc., están representadas
por individuos inteligentes y científicos. Las bellas artes, si bien un tanto
atrasadas en la actualidad, principian a ser cultivadas con esmero…”.
No obstante, el progreso,
subsisten problemas, algunos similares a los de hoy, a los que el Cabildo
trataba de responder con sus normas. Luis Javier Ortiz trae la siguiente
relación:
1. Multas
a los ebrios, a los que “ponen” bailes y a los que dejan vagar animales por las
calles. El tránsito de vacas por las calles “amenaza constantemente a las
señoras y personas impedidas para huir con facilidad”
2. Multas
y enjuiciamiento por juegos prohibidos. Un ciudadano solicitó, sin éxito, al
Cabildo no considerar como lugar de juegos prohibidos un club donde se reunían
jóvenes a jugar, ajedrez, dominó y tresillo.
3. Por
aumento de la criminalidad en Belén, el Cabildo creó una plaza más de comisario
de policía.
4. Se
crea el cargo de vacunador oficial con varios subalternos para enfrentar una
epidemia de viruela.
5. Para
combatir la vagancia y la mendicidad se crea una licencia de policía para pedir
limosna.
6. Se
ordena un censo de niños y niñas y de sus padres para establecer si estudian o
no. Se fijan multas a los padres que no envían sus hijos a las escuelas.
7. Gravamen
a los dueños de casas y cuartos donde se ejerce la prostitución pública o
habiten “mujeres públicas, conocidas notoriamente como tales”.
8. Buscar
el saneamiento ambiental gravando a los propietarios de tierras o lotes donde
existan lagunas, pantanos o aguas estancadas.
9. Contribución
proporcional al frente que cada casa presenta a la vía pública “mediante la
cual el distrito se hará cargo de desherbar las calles y mantenerlas aseadas”.
10. Durante las fiestas
patrias se prohíbe el porte de armas, se ordena llevar los ebrios a la cárcel y
se “prohíbe correr a caballo por las plazas y calles más concurridas”.
5. El
concejo durante la revolución industrial
La revolución industrial
colombiana tuvo lugar entre 1900 y 1940, período en el cual se crearon 221
plantas industriales, la mayoría de ellas en Medellín o creadas por
capitalistas de Medellín.
En ensayo de 1971, citado por
JJ Echavarría, escribe Everett Hagen:
“Es un mito nacional que
virtualmente todas las actividades industriales en Colombia son dirigidas por
antioqueños…sino las fundaron, se dice, ahora son dueños. Estas versiones
extremas del mito no corresponden a la realidad, pues empresarios capaces y eficaces
han surgido en todas las regiones del país. Aun así, el predominio de los
antioqueños es impresionante”
En una muestra de 119 empresas
de más de 100 trabajadores, Hagen encontró que el 63% habían sido fundadas por
empresarios antioqueños.
Esos empresarios tuvieron gran
participación en la política local de Medellín y dieron al Concejo una clara
orientación empresarial que dio lugar a uno de los períodos más productivos en
la historia de la Corporación. Entre 1900 y 1920, ocuparon curul reconocidos personajes
del comercio, la industria y la construcción y profesionales como abogados,
médicos e ingenieros, cuyos nombres están vinculados al desarrollo de la Ciudad
y aún se recuerdan con admiración y gratitud. Cuando no estaban en el Concejo,
estaban en la Sociedad de Mejoras Públicas, fundada en 1899, firme aliada de
aquel en el impulso al desarrollo de la Ciudad.
La lista de realizaciones a
las que puede asociarse el Concejo y la SMPM es impresionante:
· Cuerpo
de Bomberos. Acuerdo 34 de 1905.
· Plano
de Medellín Futuro. Acuerdo 44 de 1913
· Empresa
de tubería de hierro y alcantarillado. Acuerdo 127 de 1913.
· Feria
de ganados. Acuerdo 146 de 1916.
· Municipalización
de la Plaza de Mercado de Guayaquil. Acuerdo 64 de 1917.
· Empresa
de Teléfonos. Acuerdo 17 de 1914.
· Municipalización
de la Compañía Antioqueña de Instalaciones Eléctricas. Acuerdo de octubre de
1918.
· Municipalización
de los servicios públicos entre 1911 y 1919 que fueron agrupado en las Empresas
Públicas Municipales. Acuerdo 57 de 1919.
· Nomenclatura
y nombres de las calles. 1905, 1916, 1919.
· Puentes,
plazas y monumentos. Monumento a El Salvador. 1917.
· El
río Medellín. Rectificación del cauce y canalización.
La actividad desplegada por el
Concejo resulta aún más notable si se tiene en cuenta que su accionar estaba en
extremo limitado por la legislación vigente, ley 4 de 1913, la cual, en su
artículo 169, lo supeditaba de manera significativa a la Gobernación, la
Asamblea Departamental y al Gobierno Nacional. La ley 72 de 1926 le quitó al
concejo todas las facultades administrativas dejándolo como cuerpo legislativo
exclusivamente. La ley 89 de 1936 confirmó esta orientación.
6. El Concejo y
EPM
El Establecimiento Público Autónomo Empresas Públicas
de Medellín, que hoy tiene la figura de Empresa Industrial y Comercial del
Estado, fue creado en 1955, pero sus antecedentes más remotos se remontan a las
primeras décadas del siglo XX. El Concejo jugó un papel fundamental por medio
de reformas que fueron moldeando su perfil institucional.
La prestación del servicio de energía eléctrica siguió
en Medellín un patrón relativamente clásico. Inicialmente, fueron provistos por
empresas privadas o mixtas - como la Compañía Antioqueña de Instalaciones
Eléctricas, creada en 1895- que gozaban de un privilegio de exclusividad a
cambio de ciertos compromisos en materia de cobertura.
La municipalización se produjo en desarrollo de la ley
4ª de 1913 sobre régimen municipal, expedida bajo el gobierno de Carlos Eugenio
Restrepo. El artículo 169 dio a los concejos municipales la facultad de “crear
juntas para la administración de determinados ramos del servicio público,
cuando lo juzgue conveniente, y reglamentar sus atribuciones”.
En desarrollo de esta ley, el Concejo de Medellín
adoptó, lo que puede considerarse el primer estatuto de autonomía, el acuerdo
127 de 1913, por medio del cual se creó la Junta Autónoma para la empresa de
Tubería de Hierro y Alcantarillado. La norma dejaba en manos de la junta el
manejo pleno de la empresa, el empleo discrecional de las partidas para ella
aprobadas en el presupuesto del municipio y el nombramiento y remoción del
personal, incluido el gerente. Sólo uno de los miembros de la junta era
concejal, el presidente del cabildo, quien asistía a la misma únicamente con
derecho a voz.
Al año siguiente, el Concejo dio marcha atrás en lo
referente a la autonomía y facultades de la Junta. El acuerdo 45 de abril de
1914 restituyó al concejo la mayor parte de las atribuciones antes otorgadas a
la Junta, entre ellas la de nombrar el gerente general.
En los años siguientes cobró gran fuerza el sentimiento
en favor de la municipalización de los entonces llamados servicios públicos
reproductivos. Ello obedecía a la impresión de que los empresarios
privados abusaban de sus privilegios monopolísticos, de una parte, y a la
convicción de que la explotación de dichos servicios podía constituirse en una
fuente importante de recursos que aliviara la penuria fiscal de los municipios,
de la otra. El concejal conservador y futuro presidente Mariano Ospina Pérez,
impulsor entusiasta de la municipalización, era también un convencido de que la
gestión de esos servicios debería hacerse con criterio comercial y por
organismos independientes de la política.
En 1917, mediante el Acuerdo 78, se crea la
Organización de Bienes Municipales, entidad que, bajo la dirección de un
gerente, agrupaba los servicios de matadero, mercado, feria de ganados y planta
de teléfonos. Se espera que esta entidad agrupara posteriormente la Empresa de
Energía Eléctrica, próxima a municipalizarse, el tranvía y el acueducto, que
aún funcionaba bajo la dirección de su propia junta.
En 1918 se municipaliza la Compañía Antioqueña de Instalaciones
Eléctricas, entidad creada en 1895 con capital aportado en partes iguales por
el departamento, el municipio y empresarios privados. Mediante el
Acuerdo 136 se crea para su manejo una junta autónoma, similar a la del
acueducto. Finalmente, en 1919, mediante el Acuerdo 57, se crean las Empresa
Municipales y se pone a su cabeza la figura del Superintendente General. La
junta de la nueva entidad estaba integrada por cuatro particulares nombrados
por el concejo, el presidente de esta corporación y un edil más. Se agrupan
bajo las Empresas Públicas Municipales los servicios de electricidad,
acueducto, teléfonos, mercado, feria y matadero. Esta entidad es la que
evolucionará hasta convertirse, en 1955, en las Empresas Públicas de Medellín.
En 1932 las Empresas Públicas Municipales y el
Departamento de Obras Públicas se fusionan en el Departamento de Empresas y
Servicios, entidad que integrará una extraordinaria gama de servicios y
funciones municipales. Está a cargo de la energía eléctrica, el tranvía, los
teléfonos, el acueducto, la plaza de mercado, la feria, el matadero, la planta
de leche, el montepío, la propaganda, la recaudación de impuestos, el aseo, el
sostenimiento de las calles, el alcantarillado, la construcción de las casas
para obreros, las escuelas, las casas de beneficencia, los bomberos, etc. A la
cabeza de todo esto estaba la figura del Superintendente General, apoyado en
una junta asesora conformada por el propio superintendente, el presidente del
concejo, el alcalde, el personero y el interventor de hacienda. La
representación de los particulares fue suprimida.
Por la mezcla indiscriminada de ingresos y costos de
tan disímiles servicios con los demás ingresos y gastos de la administración
municipal, este modelo condujo a la descapitalización de las empresas de servicios
públicos, en especial la de energía. Mediante el acuerdo 134 de 1932 se procede
a la separación del patrimonio de las empresas del de los demás servicios
municipales.
El acuerdo 190 de 1937 crea, para las Empresas
Públicas Municipales, una junta integrada por dos concejales, el alcalde o el
secretario de hacienda, el superintendente general y tres particulares elegidos
por el concejo. Esta junta tiene plenas facultades en materia de manejo laboral
y de planeamiento de inversión y, aunque el presupuesto global de las Empresas
Públicas Municipales continúa incorporado en el presupuesto general de rentas y
gastos del municipio, tiene cierta discrecionalidad para el manejo de los
recursos de la entidad.
A mediados de los años 40, la prestación de los
servicios públicos domiciliarios estaba organizada en 3 empresas o secciones:
energía eléctrica, la primera; teléfonos, el tranvía y el acueducto, la
segunda; y en la tercera el mercado, el matadero, la feria, la planta de leche,
el montepío, el tejar y la fábrica de tubos. Cada Sección tiene su junta y su
gerente. Las juntas eran tripartitas, con representantes de la administración
municipal, el concejo y los particulares.
En 1945, mediante el Acuerdo 66 de ese año, se establece
una junta general para el manejo del conjunto de las secciones. En 1954, cuando
se crea la figura del gerente general, los servicios públicos domiciliarios se
encuentran organizados en cuatro empresas: Energía, Acueducto y Alcantarillado,
Teléfonos y Empresas Varias. Cada una de las cuales cuenta con su gerente y su
junta administradora auxiliar. A la cabeza del conjunto se encuentra un gerente
general y una junta directiva.
En síntesis, funcionando bajo el modelo de las juntas
administradoras autónomas, el conflicto fundamental que se presenta en el
manejo de las entidades de las que saldrá EPM tiene que ver con el tratamiento
de sus ingresos como recurso parafiscal. Adicionalmente, el grado de autonomía
de las empresas dependía finalmente de la discrecionalidad del alcalde y del
concejo de turno. En definitiva, las empresas eran dependencias del municipio
sin personería jurídica, sus presupuestos sujetos a la aprobación del concejo y
la ejecución fiscal sometida al control ordinario del municipio. Esto es lo que
se trata de superar con la creación de la figura del Establecimiento Público.
La figura del Establecimiento Público fue introducida
en la normatividad colombiana mediante el Acto Legislativo 5 de 1954 de la
Asamblea Nacional Constituyente convocada por el gobierno del General Rojas
Pinilla. El propósito inicial de esa disposición era permitir la creación de
una entidad estatal con jurisdicción sobre varias entidades territoriales para
manejar de forma integral la cuenca hidrográfica del río Cauca. Fue así como
nació la Corporación del Valle del Cauca (CVC), inspirada en el modelo de la
Tennessee Valley Authority (TVA), entidad creada en 1933 bajo el gobierno de
F.D. Roosevelt.
En efecto, David Lilienthal, el gestor de la TVA,
estuvo en Colombia, invitado por los dirigentes del Valle del Cauca, asesorando
la creación de la CVC. Según el doctor Diego Tobón Arbeláez, fue Lilienthal
quien sugirió la medida de carácter constitucional que hizo posible la CVC.
Posteriormente, varias empresas municipales de servicios públicos adoptarían la
figura de Establecimiento Público. EPM lo haría en 1955 mediante el Acuerdo 58
del 5 de agosto expedido por el Consejo Administrativo Municipal.
El modelo de Establecimiento
Público fue exitoso y se consolidó entre 1955 y 1970, año este en el que
sobrevino una importante crisis de gobernabilidad.
En 1970 llegaron al Concejo de Medellín de nuevas
fuerzas políticas que cuestionaban el manejo empresarial que se le venía dando
al Establecimiento desde su creación. Los concejales liberales William
Jaramillo Gómez y Federico Estrada Vélez, y Orlando Durango, concejal de la
Anapo, movimiento político que había emergido con fuerza en las elecciones de
dicho año, impulsaron un proyecto de acuerdo para modificar los estatutos de
EPM. Se buscaba dar mayor injerencia al concejo en la designación de
la Junta Directiva y, según lo expresó Estrada Vélez, “a que se amplíe el campo
de ciudadanos elegibles a todos los sectores y no solo a los gremios
económicos”.
El proyecto presentado con la aquiescencia del alcalde
de entonces, Álvaro Villegas Moreno, se convirtió en el acuerdo 29 de 1970, que
estableció que la junta estaría integrada por el alcalde, o el secretario de
despacho por él designado, tres concejales y tres particulares elegidos por el
concejo.
La junta directiva surgida del Acuerdo 29 fue demanda
ante el Tribunal Administrativo de Antioquia. El cuadro directivo de la
Entidad, con excepción del gerente técnico, fue reemplazado y, ante las
dificultades para nombrar el gerente general en propiedad, se designó como
gerente interino al entonces jefe de la división de suscriptores, señor Josué
Ortiz Mejía, quien estuvo en funciones gerenciales por más de un año.
Los gerentes en propiedad que sucedieron al señor
Ortiz Mejía estuvieron en funciones por breves períodos. Entre 1971 y 1976
pasaron por el cargo 5 gerentes. También fue notable la inestabilidad de la
junta directiva cuyos miembros se cambiaban frecuentemente al vaivén de las
decisiones del Concejo. Se instaló también en el manejo de la Empresa el
populismo tarifario que la llevó a graves dificultades financieras.
La llegada de Diego Calle Restrepo a la gerencia
general en 1976 puso fin a la inestabilidad y dio paso a un nuevo período de
gran autonomía y le
dio a la Empresa la fuerte inercia que resulta de una estrategia y planeamiento
con visión de largo plazo, al margen de las veleidades de la administración
municipal.
La elección popular de alcaldes, con el nombramiento
de gerentes por períodos ajustados al del alcalde de turno, empezó a debilitar
la autonomía de EPM, la cual recibió un nuevo golpe a partir de la vigencia de
la ley 142 de 1994 que dio sustento legal al poder del alcalde sobre la
Empresa. Mediante el Acuerdo 69 de 1997, luego de intensos debates, EPM se
transformó en Empresa Industrial y Comercial del Estado en los términos de la
ley 142 de 1994.
Los alcaldes que siguieron a Gómez Martínez volvieron
a ver, como en el pasado, a EPM como una fuente de recursos para el municipio.
Presionaron y lograron el aumento de las transferencias y comprometieron a la
Empresa en la ejecución de planes, programas y obras contempladas en sus
propuestas de gobierno. No obstante, todos ellos fueron respetuosos de la
autonomía de EPM en el manejo de sus tarifas y en la definición de su
estrategia y de planeación de largo plazo, hasta la llegada a la alcaldía de
Luis Pérez Gutiérrez, cuyas decisiones llevaron a una nueva crisis de
gobernabilidad entre 2001 y 2004.
El alcalde Sergio Fajardo Valderrama llevó a la gerencia
de EPM a Juan Felipe Gaviria Gutiérrez, un hombre con el prestigio grande que
en ese momento se necesitaba para recuperar la credibilidad de la Empresa.
Gaviria había sido ministro de estado, alcalde de Medellín y había desempeñado
importantes cargos en el sector privado y en la academia.
Fajardo y Gaviria entendieron también que, cuando
estuvieran fuera de sus cargos, la Empresa, ya irremediablemente convertida en
objeto de la disputa política, estaría nuevamente amenazada en su
gobernabilidad. Y concibieron el llamado Convenio Marco para regir las
relaciones entre el Municipio de Medellín y Empresas Públicas de Medellín.
El Convenio Marco estaba inspirado en el llamado
Contrato Plan, instrumento jurídico que regía las relaciones entre el gobierno
de Francia y la empresa insignia de ese país: Electricité de France.
El contrato plan establece las obligaciones con el gobierno a las que se
compromete la administración de la empresa en un período dado, durante el cual,
siempre que esté cumpliendo los objetivos cifrados cuantitativamente, la
administración actúa conforme a sus planes y políticas sin interferencia alguna
del gobierno.
Con el Convenio Marco se buscaba dar respuesta al
conflicto siempre presente entre el interés del Municipio de Medellín de obtener,
en su condición de propietario, ingresos provenientes de la actividad de la
Empresa y el interés de que esta pudiera prestar a la comunidad los servicios
públicos a su cargo con calidad, continuidad, eficiencia, rentabilidad y mínimo
costo; respetando el marco legal y regulatorio de su actividad y las exigencias
de los mercados financieros.
En esencia, el Convenio Marco impone al alcalde
ciertas limitaciones consentidas en el ejercicio de sus atribuciones legales
con relación a la Empresa y, en particular, a las establecidas en sus
Estatutos, Acuerdo Municipal 12 de 1998. La gran debilidad del Convenio radica
justamente en ello, es decir, que su cumplimiento, total o parcial, depende la
voluntad del alcalde de turno.
La llegada de Daniel Quintero Calle a la alcaldía de
Medellín y su desastrosa gestión puso en evidencia una vez más la debilidad del
gobierno corporativo de EPM cuya autonomía e independencia financiera dependen
en la práctica de la voluntad del alcalde de turno cuyo poder sobre la empresa
carece de contrapesos institucionales.
7. Cuando el Concejo desapareció y luego se
hizo Consejo
La palabra concejo (con C) viene del latín Concilium,
que quiere decir concilio o asamblea; mientras que consejo (con S) viene
del latín consílium, derivado del verbo consulere que significa
deliberar, consultar o reflexionar. Por extensión, se da el nombre de consejo a
un grupo de personas formalmente constituido para deliberar, conceptuar o
decidir sobre asuntos de su competencia. Aquí se explica cómo el Concejo
Municipal desapareció por varios años y fue luego sustituido por el Consejo
Administrativo Municipal.
El asesinato de Jorge Eliecer
Gaitán Ayala, el 9 de abril de 1948, desató un amplio y violento levantamiento
popular y gran alteración en el funcionamiento de las instituciones
gubernamentales, entre ellas, por supuesto, los concejos municipales. En dicho
año, el de Medellín, del cual hacia parte el caudillo asesinado, sesionó entre
el 23 de enero y el 20 de marzo y solo volvió a hacerlo el siguiente año, entre
el 11 de febrero y el 16 de marzo.
En noviembre de 1949, mediante
decreto 3520, el presidente Ospina Pérez declaró turbado el orden público y
dispuso la clausura de los concejos municipales hasta nueva orden. Mediante el decreto 3590 del 14 de diciembre,
el gobierno dotó de las atribuciones de los concejos municipales a los alcaldes,
quienes podían derogar acuerdos que a su juicio perjudicaran su gestión
administrativa y expedir los que creyeran necesarios para impulsarla. Este manejo de los municipios mediante
decretos del alcalde se mantendría hasta 1954.
Ospina Pérez logró terminar su
atribulada presidencia y entregó el mando a Laureano Gómez el 7 de agosto de 1950.
En noviembre del 51, por enfermedad del titular, asumió la presidencia el
designado Rafael Urdaneta Arbeláez, quien tendría el mando hasta el 13 de junio
de 1953, cuando, por golpe de cuartel, el general Gustavo Rojas Pinilla se hizo
con el poder presidencial.
La Asamblea Nacional
Constituyente (ANC) de 1954, convocada por Rojas Pinilla para legitimar su
régimen, permitió, en virtud del Acto Legislativo # 5, la creación de EPM;
creación que fue obra de Consejo Administrativo Municipal. No hay ningún error:
el que aprobó el acuerdo de creación del Establecimiento Público Empresas
Públicas de Medellín fue el Consejo con “ese”, surgido del Acto Legislativo # 2
de la ANC, puesto que el Concejo con “ce” estaba clausurado desde noviembre de
1949.
En efecto, mediante el
mencionado Acto Legislativo # 2, en reemplazo de los concejos municipales de
elección popular y otorgándoles las mismas funciones, la ANC creó los Consejos
Administrativos Municipales (CAM) que estaban integrados por diez o doce
miembros – diez en municipios de hasta 50.000 habitantes, doce en los que
tuviesen más de esa cifra. Ocho o diez,
según el caso, eran nombrados por los Consejos Departamentales, creados en
sustitución de las Asambleas en el mismo Acto Legislativo, y los dos restantes
nombrados por el Presidente de la República.
Los consejeros principales y sus suplentes - dos de éstos por cada uno
de aquellos – eran nombrados por dos años, ejercían ad honorem y no podía
desempeñar otro cargo en la administración municipal. Los CAM eran presididos
por el alcalde.
Medellín tuvo dos CAM entre
1954 y 1956, el primero, y entre 1956 y 1958, el segundo; presididos,
respectivamente, por los alcaldes Darío Londoño Villa y Jorge Restrepo Uribe. Entre
los consejeros destacados hay que nombrar al industrial Carlos Gutiérrez Bravo,
al aguerrido político liberal Donato Duque Patiño y a las damas de la sociedad
medellinense: Sofía Ospina de Navarro y Eugenia Ángel de Vélez.
Los consejos administrativos
dieron gran impulso al desarrollo de la Ciudad con la apertura, ensanche y
prolongación de calles en distintos barrios mediante el sistema de valorización
y las exenciones tributarias a la construcción de edificaciones comerciales. También
durante ese período se inauguraron el diamante de beisbol, el coliseo cubierto,
la iluminación del aeropuerto, la feria de ganados y muchas escuelas y
viviendas de interés social. Pero sin
duda alguna la realización más importante y duradera fue la creación el
Establecimiento Público Autónomo Empresas Públicas de Medellín el 5 de agosto
de 1955.
8. Las mujeres en el Concejo
Por lo ya indicado en la
sección anterior, las mujeres de Medellín fueron consejeras antes de ser
concejalas. Las señoras Sofía Ospina de Navarro y Eugenia Ángel de Vélez fueron
nombradas como principales en cada uno de los dos Consejos Administrativos Municipales
de los años cincuenta, conjuntamente con sus respectivas suplentes: Emma
Echavarría de Cock y Mercedes Restrepo de Bernal y Amparo Múnera y Lola
González.
El Acto Legislativo # 3 de la
ANC reconoció el derecho al voto de las mujeres colombianas quienes votaron por
primera vez en el plebiscito del primero de diciembre de 1957, mediante el cual
se aprobó la incorporación a la Constitución de los acuerdos del Frente
Nacional. En ese certamen participaron 4.1 millones de votantes, el 44% de los
cuales, se estima, fueron mujeres.
En 1958 se realizaron las
primeras elecciones del Frente Nacional y en las del Concejo de Medellín
salieron elegidas María Arango de Mejía y Ana Lince de Restrepo, como
principales, y Mariana Arango y Amanda Gómez, como suplentes. Desde entonces en
todos los concejos han sido elegidas destacadas mujeres que brillaron no solo
en la política sino también en otros ámbitos de la vida social.
No obstante, la presencia
femenina en el Concejo no ha sido todavía muy significativa numéricamente como lo
muestra la gráfica. Para los períodos anteriores a 1992 la cifra se refiere a
las concejalas principales. Se observa una tendencia creciente hasta mediados
de los años ochenta y luego una reducción en la presencia femenina en el
Concejo. En los últimos tres períodos se alcanzaron cinco concejalas lo que
equivale casi a la cuarta parte de total.
Por obvias razones las
primeras mujeres que llegaron al Concejo provenían de familias burguesas lo que
les había permitido alcanzar un nivel educativo superior al promedio de la
mujer de la Ciudad. Varias de las concejalas de Medellín en los primeros años
de la participación de la mujer en la vida política estuvieron vinculadas como
fundadoras, escritoras y lectoras de la revista “Letras y Encajes”, que se
publicó mensualmente entre 1926 y 1959. Sofía Ospina de Navarro, que sería concejala,
y Teresa Santamaría de González, fundadora del Colegio Mayor de Antioquia.
Una de las más destacadas
concejalas de Medellín es la filántropa doña Luz Castro de Gutiérrez, fundadora
de la clínica de maternidad que llevó su nombre, hoy Hospital General de Medellín,
quien estuvo en el concejo en el período 1966-1968 en representación del Partido
Liberal. Otras damas de sociedad que llegaron al concejo, especialmente en la
época del Frente Nacional, fueron Emma Restrepo de Tapias, Brunilda Pereira, Maruja
Botero de Santamaría, Mariela Rodriguez de G, Mercedes Vieira de R, Enriqueta
de Velásquez, Nelly Velásquez de V, Sofia Ospina de Navarro, Alicia Ángel de
Restrepo y Marianita Arango T.
Con el paso del tiempo fueron
elegidas al Concejo mujeres profesionales de la política entre las cuales se
destacan Maria Eugenia Rojas de Moreno y Regina Betancourt de Liska, conocidas,
respectivamente, como “La Capitana del Pueblo” y “Regina Once”. Ambas fueron candidatas
a la presidencia de la república, doña Regina en tres oportunidades.
Deben mencionarse aquí también
a Sofía Medina de López (1978-1980) quien llegó al concejo después de haber
sido alcaldesa de Medellín, la primera y hasta el presente la única. También
deben mencionarse Margarita Mena de Quevedo (1974-1976) que sería ministra de
Minas y Energía y la Representante a la Cámara Sonia Olaya, concejal de dos
oportunidades, impulsora de la creación de la Sala Pedrito Botero en el Museo
de Antioquia y la casa museo Pedro Nel Gómez.
A pesar de la creciente
profesionalización, continuaron llegando al concejo mujeres destacadas en otros
ámbitos de la vida social como la educadora Socorro Escobar Correa, la
periodista Ana María Cano, la odontóloga Mariana Arango, la exreina nacional de
la belleza Ella Cecilia Escandón y la líder indígena Miriam Chamorro.
La mayoría de las concejalas
lo fueron por un solo período; por dos, unas pocas como Sonia Olaya, María
Mercedes Mateos, Paulina Aguinaga y Leticia Orrego y una sola, Marta Cecilia
Castrillón, con tres. Aura Marleny
Arcila se lleva el palmarés con cinco períodos sucesivos.
9. Personajes del Concejo
En todas las épocas el Concejo
de Medellín ha tenido miembros destacados o prominentes por diversas razones.
La lista es larga pero no pueden mencionarse a todos razón por la cual habrá
omisiones que muchos encontrarán injustificadas.
Como ya se indicó el Cabildo
Colonial, era una institución en la que se integraban las ramas del poder
público diferenciadas desde Montesquieu. Además, la sociedad colonial era en
extremo segmentada por lo que no tiene nada de sorprendente que, inicialmente,
al Cabildo llegaran miembros de las familias españolas más preeminentes y unos
pocos criollos. Con el paso del tiempo, por razones obvias, la participación de
los criollos fue aumentado hasta ser exclusiva al final de la Colonia.
En 1811 era vocal secretario
del Cabildo de Medellín el historiador José Manuel Restrepo Vélez quien fue
elegido por ese mismo Cabildo, conjuntamente con don Juan del Corral, para
representar a Antioquia en el Congreso de las Provincias Unidas, que nunca
llegó a realizarse.
Hacia 1870 aparecen como
presidentes del Concejo importantes hombres de negocios como Pascacio Uribe,
Vicente Restrepo y Julián Vásquez quienes no solo dedicaban su trabajo a las
labores de la Corporación, sino que aportaban importantes sumas de dinero de su
propio peculio para financiar obras de interés público.
Durante las tres primeras
décadas del siglo XX, el Concejo estuvo en manos de republicanos, liberales y
conservadores egresados de la Universidad de Antioquia o de la Escuela Nacional
de Minas. Ocuparon curules personajes reconocidos del comercio, la industria y
la construcción y abogados, médicos e ingenieros como Julio Enrique Botero, Mariano
Ospina Vásquez, Pascual Gutiérrez, Ricardo Olano, Tomás Quevedo, Dionisio
Lalinde, Alberto Ángel, Luis María Escobar, Jesús María Mora, Peter Santamaría,
Alejandro López, Camilo C. Restrepo, Alejandro Echavarría, Emilio Robledo y
Fidel Cano. Espléndida mezcla de políticos, empresarios, profesionales e
intelectuales
Es impresionante la lista de
empresarios que han ocupado curul en el Concejo: Gonzalo Restrepo Jaramillo,
Oscar Duperly, Fabio Rico, Luis Echavarría Villegas, John Gómez Restrepo,
Rodrigo Uribe Echavarría, Carlos Posada Uribe, Carlos Ardila Lulle, Augusto
López Valencia y Jorge Molina Moreno.
También llegaron al Concejo
intelectuales y escritores de alto perfil como Abel Naranjo Villegas, Luis
López de Mesa, Luis Ospina Vásquez, Sofía Ospina de Navarro, Mario Arango
Jaramillo y Jaime Jaramillo Panesso,
Unos pocos economistas han
llegado al concejo: Diego Calle Restrepo, Santiago Peláez Valdez, Alfonso
Ospina Ospina, Antonio García Nossa y Luis Guillermo Vélez Álvarez. También
pueden mencionarse en esta categoría un par economistas-ingenieros: Alejandro
López y Juan Felipe Gaviria.
Pasaron por el concejo varios ciudadanos
que también fueron alcaldes como Jaques de Bedout Villa, Evelio Ramírez
Martínez, Álvaro Uribe Vélez, William Jaramillo, Sergio Naranjo Pérez, Juan
Gómez Martínez, Federico Gutiérrez Zuluaga y Sofía Medina de López, la única
alcaldesa en toda la historia.
Un par de líderes del
movimiento estudiantil de la Universidad de Antioquia llegaron al concejo:
Amílcar Acosta y Álvaro Cardona. También fue concejal el célebre ciclista
Martín Emilio “Cochise” Rodriguez.
Un concejal especialmente
notable fue el abogado penalista Federico Estrada Vélez quien fue miembro de la
corporación durante 8 períodos. Fue también Representante a la Cámara y Senador
de la República.
Debe mencionarse, finalmente,
una pequeña dinastía de concejales: los De Bedout: el abuelo, Jacques
(1960-1962, 1966-1968 y 1970-1972), el padre, Andrés (1996-1998) y el hijo,
Alejandro (2024-2027).
Hay en el Concejo una placa
conmemorativa dedicada al caudillo liberal Jorge Eliecer Gaitán Ayala por haber
sido concejal de Medellín en el período 1947-1949. Hasta la Constitución de
1991 se elegían en todos los cuerpos colegiados principales y suplentes por lo
cual los partidos ponían en la cabeza de las listas como primer principal al más
destacado de sus dirigentes para arrastrar a los votantes. Seguramente ese
mismo año Gaitán fue elegido concejal de todos los municipios del País y
diputado de todas sus asambleas departamentales. Evidentemente, no se posesionó en ninguno de
esos concejos y la curul fue asumida por el suplente.
También fueron elegidos
concejales de Medellín - con el mismo propósito que Gaitán y que como éste
nunca se posesionaron - los presidentes liberales Alfonso López Pumarejo
(1941-1943 y 1945-1947), Alfonso López Michelsen (1962-1964 y 1964-1966) y
Carlos Lleras Restrepo (1976-1978) y los candidatos presidenciales María
Eugenia Rojas de Moreno (1972-1974) y Álvaro Gómez Hurtado (1978-1980).
Además de López Pumarejo, López
Michelsen y Lleras Restrepo que fueron elegidos más no ocuparon curul, fueron
elegidos y ocuparon curul en el Concejo los también presidentes Carlos Eugenio
Restrepo, Pedro Nel Ospina, Mariano Ospina Pérez y Álvaro Uribe Vélez. En total
siete presidentes de la república fueron concejales de Medellín.
10. El Concejo bajo el fuego
El narcotráfico, en especial
el tráfico de cocaína, empezó en Colombia a mediados de los años 70 y creció de
forma exponencial ante la relativa tolerancia del gobierno de López Michelsen
(1974-1978) y la indiferencia, cuando no complacencia, de amplios grupos de la
política y la sociedad toda. Por presión de Estados Unidos, bajo el gobierno de
Turbay Ayala (1978-1982), se aprobó un tratado de extradición, lo cual provocó
el rechazo brutal de los narcotraficantes que se unieron en un grupo
autodenominado “Los extraditables”, bajo la consigna “Preferimos una tumba en
Colombia a una cárcel en los Estados Unidos”.
En su campaña electoral, el
futuro presidente Belisario Betancur Cuartas (1982-1986), había prometido no
aplicar el tratado de extradición; promesa que fue incumplida después del
asesinato por la mafia de su Ministro de Justicia Rodrigo Lara Bonilla después
de que éste ordenara la destrucción del complejo cocalero llamado
“Tranquilandia” que operaba a placer en la selva amazónica produciendo decenas
de toneladas de cocaína que se exportaba a Estados Unidos.
La guerra contra el estado
desatada por el narcotráfico alcanzó especial intensidad bajo los gobiernos de
Virgilio Barco Vargas (1986-1990) y César Gaviria Trujillo (1990-1994) y cobró
la vida de cientos de policías y militares, importantes líderes políticos como
Luis Carlos Galán Sarmiento y cientos de personas inocentes de toda condición
que cayeron bajo el fuego cruzado de los contendientes de las múltiples guerras
que se superponían unas con otras. Porque, además de la guerra contra el
estado, los narcotraficantes combatían por el control del negocio contra las
guerrillas de las Farc y el ELN y combatían entre ellos. Especialmente
sanguinario fue el entrenamiento entre el cartel de Medellín, encabezado por
Pablo Escobar, y el de Cali, dirigido por los hermanos Rodriguez Orejuela.
Por
ser la base de operaciones del más asesino cartel, Medellín fue la ciudad más
azotada por la violencia desatada por el narcotráfico. El Concejo no escapó a
esa violencia y fueron muchos los concejales, de todos los partidos y
movimientos, que cayeron asesinados en esos años aciagos. En las actuales instalaciones
del Concejo de Medellín se expone un mural con la leyenda “Vida triunfante,
vida victoriosa que ni la misma muerte es capaz de matar” en la que se les
rinde homenaje. Imposible hacer una historia del Concejo por pequeña que sea
sin mencionarlos:
Federico
Estrada Vélez. Eminente abogado penalista, destacado político liberal de
proyección nacional y concejal durante ocho períodos. Fue asesinado el 21 de
mayo de 1990.
Alfonso
Ospina Ospina. Empresario, ganadero, economista y político conservador de
proyección nacional. Concejal en el período 1988-1990. Secuestrado y asesinado
en noviembre de 1988 por paramilitares.
Edgar
Poe Mejía Osorio. Abogado y educador. Dirigente liberal. Concejal suplente 1990-1992.
Asesinado en 1993.
Carlos
Diego Gómez Botero. Joven político conservador. Concejal en 1990-1992.
Asesinado en mayo de 1993 a sus 31 años.
Cástor Iván Correa Castaño. Abogado
penalista, profesor universitario, presidente de la Academia Antioqueña de
Historia al momento de su asesinato en 1993. Diputado de la Asamblea de
Antioquia y concejal de Medellín.
Darío
Londoño Cardona. Destacado abogado liberal. Concejal por dos períodos. Era senador
al momento de su asesinato en 1993.
Diego
Londoño White. Empresario y arquitecto. Concejal suplente en dos períodos:
1978-1980 y 1980-1982. Asesinado en 2002.
Fernando
Uribe Senior. Periodista y político. Fue
director de la Aeronáutica Civil y alcalde de Medellín. Concejal en 1978-1980.
Asesinado en 1980.
Leonardo
Betancur Taborda. Médico y defensor de los derechos humanos. Concejal por el
movimiento Firmes en 1980-1982. Asesinado en 1987.
Luis
Fernando Vélez Vélez. Abogado, profesor de la Universidad de Antioquia y
defensor de los derechos humanos. Concejal suplente en 1982-1984. Asesinado en
1987.
Pablo Peláez González. Empresario y dirigente liberal. Fue alcalde de
Medellín en 1984. Concejal en 1972-1974. Asesinado en 1989.
Hernando Restrepo Vélez
Restrepo. Sociólogo y dirigente liberal. Concejal suplente 1988-1990. Asesinado
en 1991.
Arturo Bustamante B.
Destacado dirigente deportivo y del futbol. Concejal en tres oportunidades.
Asesinado en 1995.
11. El concejo después
de la Constitución de 1991
La
Constitución de 1991 modificó profundamente el régimen político y transformó
radicalmente el sistema electoral ocasionando un cambio en el sistema de
partidos: su número, cohesión y duración.
El
régimen político y el sistema electoral surgidos de la Constitución de 1886
llevaron a la consolidación del bipartidismo vigente desde mediados del siglo
XIX cuando se fundaron los partidos tradicionales Liberal, en 1848, y
Conservador, en 1849. La Constitución del 86 acabó con el federalismo,
transformó en departamentos sometidos a la Nación los estados soberanos de la
Constitución de 1863 y estableció un sólido presidencialismo que, con reformas
menores, se mantuvo hasta la Constitución de 1991.
El
presidente nombraba a todos los gobernadores y cada uno éstos a los alcaldes de
su departamento y tenía gran influencia sobre poder judicial y los órganos de
control. Bajo el régimen de la
Constitución de 1886 prácticamente todo el poder político se jugaba en la
elección del presidente que era como una lotería de un único premio. Esto
forzaba a los dirigentes políticos de todos los municipios a juntar sus
caudales electorales para poder participar en el sorteo.
Con
la adopción de la elección popular de alcaldes en la reforma constitucional de
1986 y la de gobernadores en la Constitución de 1991 y las reformas al régimen
electoral allí introducidas, el sistema bipartidista quedó hecho trizas y
surgió un sistema multipartidista extremo en el que llegaron a coexistir más de
60 partidos y movimientos con personería jurídica.
Hoy
son unos treinta y, como si esto no fuera suficiente, está la figura del Grupo
significativo de ciudadanos que permite la inscripción por firmas de candidatos
a cualquier cargo de elección popular hace que lo oferta política sea en
extremo abundante y diversificada. Las listas abiertas multiplican esa oferta.
No
es asunto de este documento discutir sobre la conveniencia para la democracia
del sistema de partidos y de participación en la vida política que hoy
prevalece en Colombia. Aquí se trata de constatar su existencia, caracterizarlo
a grandes rasgos y examinar lo que han sido sus efectos sobre la política local
y sobre la composición de concejo y su relación con la administración
municipal.
Algunas
características del régimen de partidos:
1. Partidos pequeños y efímeros carentes de cohesión.
2. Predominio de las figuras políticas individuales.
3. Gran independencia de los elegidos frente a sus
aparatos partidistas.
Esto
se traduce en una gran debilidad de los cuerpos colegiados frente a los ejecutivos
que tienden a llevar una política de adhesiones al menudeo clientelista en
lugar de acuerdos programáticos y alianzas partidistas abiertas.
La
elección de Sergio Fajardo y de su sucesor Alonso Salazar puso término a la
hegemonía liberal-conservadora en la alcaldía de Medellín. Aunque liberal,
Aníbal Gaviria fue elegido por una amplia coalición multipartidista con la que
derrotó al también liberal Luis Pérez Gutiérrez. Después fueron elegidos al
margen de los partidos Federico Gutiérrez, en dos oportunidades, y Daniel
Quintero en una.
Proceso
semejante se adelantó en el Concejo donde hoy los partidos Liberal y
Conservador, después de haber sido hegemónicos, solo tienen tres curules, una el
primero y dos el segundo. A esta situación se fue llegando por el proceso de
fragmentación partidista desatado con la entrada en vigencia de la Constitución
de 1991 pues todavía en 1990 once de las veinte curules del Concejo eran del
Partido Liberal, ocho del Conservador y una de la Unión Patriótica.
En
2010 la representación del Partido Liberal se reduce a 3 curules, las mismas
que el Partido Conservador. Han aparecido nuevos partidos como Centro
Democrático, Partido de la U y Cambio Radical que en conjunto tienen doce
curules. En 2020 el Centro Democrático es mayoritario con 8 curules seguido del
Partido Conservador con 3. Otros siete partidos y movimientos se distribuyen
las restantes diez.
Hoy
en el Concejo tiene la mayoría, ocho curules, un movimiento surgido alrededor
de la figura de Federico Gutiérrez. El otro partido importante el Centro
Democrático, cinco curules, también depende extremamente de la figura del
expresidente Uribe. Las otras ocho curules se las reparten el Partido
Conservador que tiene dos y otros cinco partidos que tienen una cada uno.
¿Cuántos
y cuáles de estos partidos estarán presentes en el próximo Concejo?
¡Vaya
usted a saber!
LGVA
Mayo
de 2025.
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* Agradezco la colaboración de los profesionales
de mi equipo de trabajo Angélica Ordoñez, Tatiana Visbal e Isaac Mendoza.