Reforma laboral:
más desempleo y más informalidad
Luis Guillermo
Vélez Álvarez
Economista
En los últimos
20 años el desempleo abierto jamás ha caído por debajo de 8,5% y, en 15 de
ellos, ha estado por encima de 10%, aún en periodos crecimiento; contrariando
la “Ley de Okun”: el mayor crecimiento trae menos desempleo. Explicar el
desempleo es explicar su
persistencia aun cuando la economía crece fuertemente o, lo que es lo mismo,
por qué es tan elevada la tasa de desempleo no cíclico o estructural.
Pocas son las personas
cuyo objetivo es emplearse, la mayoría de ellas buscan hacerlo a
cambio de un salario y si permanecen desempleadas es porque el
salario que se les ofrece no satisface sus expectativas. El rechazo de un
empleo por su localización o su naturaleza puede traducirse en términos
monetarios. Así, un desempleado es alguien que no consigue empleo al salario
que pretende.
Los salarios,
los intereses, los alquileres y, en general, todos los pagos factoriales que
realizan los empresarios proceden de los ingresos que obtienen de la venta de
los bienes y servicios que producen. Si no hay venta, no hay ingresos
factoriales. Específicamente,
el salario que puede pagar el empresario no puede exceder el valor del producto
marginal del trabajo. Aquellos trabajadores cuyas pretensiones salariales lo
excedan, quedarán desocupados voluntariamente.
En una economía
de libre mercado más o menos desarrollada las personas aptas siempre
encontrarán un trabajo que les permita un salario que exceda el nivel de mera
subsistencia, que marca el piso salarial en cualquier economía. El desempleo no es un problema económico
sino un problema político creado por las medidas de política pública destinadas
a combatirlo.
Las políticas
públicas provocan desempleo o informalidad porque afectan la conducta de trabajadores
y empleadores – sus ofertas y demandas – impidiendo la fijación de salarios que
ajusten los mercados de trabajo, manteniendo excesos de oferta persistentes en
los formales o provocando la aparición de mercados paralelos o informales.
Cuando se despide
un trabajador porque no se requieren sus servicios, pues no hay ingresos para
pagarlos, dice la legislación actual que se trata de un despido sin justa causa
y que el trabajador debe ser indemnizado con treinta días de salario por el
primer año de vinculación y 20 más por cada año adicional. Esto empeora con la
reforma laboral propuesta cuyo artículo 4, en la práctica, prohíbe “dar por
terminado el contrato laboral por causas atribuibles al empleador”.
Esa norma incide
en las decisiones de abrir nuevos negocios o ampliar la escala de los existentes.
El empresario nunca tiene certeza de que la demanda que espera se materialice,
permitiéndole pagar los salarios y demás costos en los que debe incurrir, los
cuales, esos sí, son ciertos. Ingresos inciertos y costos ciertos, esa es la
condición del empresario en todo tiempo y lugar.
La casi
imposibilidad de despedir, tornará a los empresarios más conservadores, más
adversos al riesgo, haciendo que, incluso en fases de crecimiento, pospongan o
anulen la contratación de nuevos trabajadores. Aumentarán el desempleo
estructural y la informalidad.
LGVA
Mayo de 2023.
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