Hidroituango en Paloquemado
Luis Guillermo Vélez Álvarez
Economista
El trabajo ejemplar de EPM ha permitido superar la
emergencia técnica y ambiental desatada en abril de 2018 y encauzar el proyecto
a su casi total recuperación. Los obreros, técnicos, ingenieros de EPM y sus
contratistas han hecho y están haciendo lo suyo, con singular competencia y
dedicación, pero hoy, al parecer, la suerte del proyecto no depende de ellos:
está en manos del Juez 75 Penal Municipal de Paloquemado.
En una de sus últimas actuaciones, antes de abandonar su
cargo con ocasión de caso Santrich, el fiscal Martínez Neira tuvo la ocurrencia
de adelantar indagaciones sobre Hidroituango. Primero, anunció una
investigación tardía sobre el contrato BOOMT celebrado entre la Sociedad
Hidroeléctrica Ituango y EPM en 2010. Después, aunque la emergencia no ha
cobrado ninguna vida humana y las poblaciones ribereñas se han beneficiado –
antes, durante y después de la emergencia – de un derrame de recursos que
supera con creces lo que han recibido del estado a lo largo de toda su
historia, decidió denunciar penalmente a EPM por “daños a los recursos
naturales” y solicitar medidas de protección y restablecimiento de los derechos
de los pobladores.
En audiencia celebrada el 7 de junio, el juez de la
causa dispuso proteger los derechos de las comunidades ribereñas y ordenó “la
conformación y desarrollo de una mesa técnica integrada por FGN, Procuraduría,
Contraloría, Gobernación, Ministerio de Ambiente y desarrollo sostenible,
ministerio de salud y protección social, ANLA, EPM e Hidroituango con presencia
de victimas en un término no superior a 5 días hábiles su instalación, se
realicen todas las acciones pertinentes de índole administrativa y técnica, en
aras de obtener un estudio técnico con expertos en la materia, con el fin de
analizar la estructura rocosa del lugar donde está ubicado el proyecto, así
como la estabilidad del mismo, con el objeto de garantizar la continuidad o no
del proyecto, o en caso contrario la suspensión del mismo, hasta tanto se
obtenga con claridad los conceptos técnicos, para lo cual se deberá cumplir con
la entrega de informes parciales como mínimo cada 10 días, sin que se llegue a
superar el término de 60 días hábiles la ejecución de la orden” (SIC).
Las acciones de protección ordenadas por el juez se
han venido realizando desde abril de 2018 y de ellas ha informado EPM en los
más de 180 comunicados emitidos desde entonces. Todas las autoridades y los
medios de comunicación han podido constatar en campo la veracidad de esos
informes. La mesa técnica reproduce el llamado Puesto de Mando Unificado que,
con la participación de todas las entidades convocadas por el juez y muchas
otras más, se ha reunido en 250 oportunidades desde mayo de 2018. Sobre la estabilidad
del macizo rocoso se han realizado por lo menos cinco estudios que están a
disposición de todo mundo y, por supuesto, de la mesa técnica y del Juez 75
Penal Municipal de Bogotá.
Pero la mesa técnica no es la mera réplica de los
puestos de mando unificado. Es preocupante la falta de claridad sobre el
alcance de sus atribuciones y “la presencia de las víctimas” entre sus
integrantes. Son muchos los interrogantes que suscita la arrevesada redacción
de la orden judicial:
·
El
estudio que debe “obtener” la mesa técnica, ¿tiene que ser nuevo o puede ser
alguno de los ya existentes?
·
¿El
estudio en cuestión debe definir la continuidad o suspensión de proyecto o esto
debe hacerlo la mesa técnica con base en los resultados del mismo?
·
¿El
concepto de la mesa técnica es vinculante para el juez?
·
¿La
mesa técnica debe rendir un concepto único o pueden, como es posible, surgir de
ella varios conceptos?
·
¿Las
decisiones de la mesa se toman por mayoría o deben ser unánimes?
·
Etc.,
etc.….
La licencia ambiental es el documento que da
viabilidad legal a cualquier proyecto hidroeléctrico. Con ocasión de la
emergencia, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales introdujo en la
licencia de Hidroituango una serie de condicionamientos en el marco de los
cuales ha venido actuando EPM. Corresponde a dicha Autoridad, con base en
estudios y criterios técnicos, decidir la continuidad o suspensión del
proyecto. La aparente atribución de esta función a esa mesa técnica introduce
un enorme riesgo jurídico para la viabilidad del Proyecto, que debería
preocupar al Gobierno Nacional pues lo que está en juego con Hidroituango es el
abastecimiento del consumo de electricidad en los próximos años.
En la denuncia que hace curso en el juzgado 75 aparece
como víctima, con asiento en la mesa técnica, la ciudadana Isabel Cristina
Zuleta López, representante legal del Movimiento Rios Vivos. Sería bueno saber
cuáles fueron los criterios que llevaron al Juez 75 a darle a esta persona la
vocería de los recursos naturales y de los pobladores de los municipios del
área de influencia del Proyecto. ¿Cuándo y cómo esos ciudadanos nombraron a la
ciudadana Zuleta? ¿Dónde están los poderes, que deben ser miles, mediante los
cuales los ciudadanos le dieron su vocería? Y, el misterio mayor: ¿Cómo hicieron los “recursos naturales”
para convertir a la ciudadana Zuleta en su representante?
El Movimiento Rios Vivos es una organización dedicada
a sabotear la construcción de hidroeléctricas en Colombia. Sus activistas se
opusieron a la construcción de El Quimbo, Sogamoso y de prácticamente todos los
proyectos desarrollados en los últimos años en Antioquia, Caldas, Nariño, Santander,
etc. Rios Vivos replica en Colombia la acción de organizaciones como Friends of the Earth International e International Rivers, que directamente o
por intermedio de sus aliados locales se han opuesto a los desarrollos
hidroeléctricos en Brasil, Perú, Ecuador, Panamá y toda Centro América.
Incomprensiblemente, las autoridades ambientales, administrativas y judiciales
le otorgan representatividad a ese tipo de organizaciones por el mero hecho de
autoproclamarse como defensoras del medio ambiente.
Aunque nunca se
sabe, nadie en sus cabales se imagina que el Juez 75, por recomendación de la
mesa técnica, vaya a ordenar la suspensión permanente de Proyecto y la
demolición de la presa. Sin embargo, no sería extraño que salgan de ese juzgado
algunas ordenes que retrasen el avance del proyecto y pongan en riesgo su
puesta en operación en el momento requerido por el crecimiento de la demanda de
electricidad.
EPM tiene que
jugarse a fondo, y seguramente ya lo está haciendo, para contrarrestar a los
argumentos de la fiscalía y de Rios Vivos y lograr ilustrar al Juez 75 para que
tome una decisión acertada, que en este caso significa, por supuesto, asegurar
la terminación oportuna del proyecto,
salvaguardando al mismo tiempo los servicios ambientales y el interés de los
pobladores. El Gobierno Nacional, con el Presidente a la cabeza, debe
apersonarse de esta situación e instruir a sus representantes en la mesa
técnica para que apoyen sin ambages a EPM en su esfuerzo por superar - así como
lo viene haciendo con los obstáculos técnicos, ambientales y sociales – los obstáculos legales que se oponen a la
terminación de un proyecto que es de interés nacional.
LGVA
Julio de 2019.
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