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viernes, 18 de diciembre de 2020

Salario mínimo, inflación y déficit fiscal

 

Salario mínimo, inflación y déficit fiscal

Luis Guillermo Vélez Álvarez

Economista

 

Espiral inflacionaria o espiral de precios y salarios es el nombre que se da a la situación en la cual el alza inmoderada del salario nominal, es decir, muy por encima tanto de la inflación pasada como de la esperada, da lugar a la aceleración de la inflación y surgimiento de expectativas de una inflación mayor, lo que lleva a mayores incrementos del salario nominal que aceleran la inflación y elevan las expectativas y así sucesivamente.

Esa dinámica perversa lleva con frecuencia a la hiperinflación y a la destrucción del sistema monetario, como ocurrió en Brasil, Argentina, Perú, Ecuador, Venezuela, Chile, etc. cuando gobiernos izquierdistas ensayaron estimular la demanda con grandes aumentos en el salario nominal.

El salario mínimo legal ha crecido por encima de la inflación del IPC en los últimos años. Esto no se ha traducido en presiones inflacionarias pues la brecha no era sustancial y seguramente fue compensada por mejora en la productividad.

Gráfico 1

 


Este año la situación puede ser más complicada pues además de los perjudiciales efectos económicos causados por la mera existencia del salario mínimo – desempleo e informalidad - su alza inmoderada podría tener consecuencias macroeconómicas especialmente nocivas como son la aceleración de la inflación y el aumento del déficit fiscal.

La tasa de crecimiento del salario mínimo se convierte en el piso de las negociaciones salariales de todos los sectores y además es el indexador de los contratos de arriendo y de toda una serie de precios regulados o semi-regulados, como servicios públicos domiciliarios, matrículas y pensiones, transporte, etc. El aumento de esos precios, puede arrastrar los precios no controlados y, si se presentan condiciones climáticas adversas que afecten las cosechas, los de los alimentos y productos agrícolas. El gran crecimiento de los agregados monetarios en los últimos años, indica que la demanda nominal puede validar esos aumentos acelerando la inflación.

Gráfico 2

 


La otra consecuencia de un alza inmoderada del salario mínimo es el agravamiento del déficit fiscal. Una inveterada costumbre de la que ningún gobierno osa apartarse hace que el incremento de la nómina del sector público sea por los menos igual al incremento del salario mínimo. Los gastos de personal de la Nación están hoy en unos 35 billones de pesos y los de las entidades territoriales en unos 15 billones. Cada punto de incremento salarial cuesta a la Nación 0,35 billones y las entidades territoriales 0,15 billones.  Los dos puntos de que hablan los gremios tendrían un impacto fiscal de 2 billones; los 14 de los sindicatos, de 7 billones, Nación y entidades territoriales agregadas.

En los últimos quince o veinte años, con dos o tres excepciones, el incremento de salario mínimo lo ha definido el gobierno por decreto, pues los negociadores han sido incapaces de llegar a un acuerdo. Dadas las pretensiones de los sindicatos, 14%, y la oferta de los empleadores, 2%, sería un milagro que este año lo lograran. Por eso, seguramente, el gobierno lo fijará por decreto.

Más que en cualquier otro año, el Gobierno tiene una gran responsabilidad en la fijación del salario mínimo y no puede equivocarse con una estúpida solución salomónica pues un alza exagerada frenaría la recuperación del empleo, aumentaría la informalidad, agravaría el déficit fiscal y avivaría presiones inflacionarias.

LGVA

Diciembre de 2020.

miércoles, 16 de diciembre de 2020

Perspectivas económicas de Colombia en 2021 y más allá

 

Perspectivas económicas de Colombia en 2021 y más allá[1]

 

Luis Guillermo Vélez Álvarez

Economista

 

Agradezco al Instituto Thomas Jefferson y a su presidente Eneas Biglione por invitarme a participar en este foro, al lado de colegas latinoamericanos tan prestigiosos, que me inspiran respeto y admiración. Desde hace años estoy alejado de los ejercicios de prospección macroeconómica y, más todavía, de los pronósticos cuantitativos en los suelen plasmarse. Acepté esta invitación, un tanto irresponsablemente, esperando compensar mis carencias en las técnicas de pronóstico con algunas consideraciones sobre aspectos institucionales y políticos de Colombia que espero sean de interés.

Cuando comencé a ejercer como economista, hace más de cuarenta años, pronosticábamos el PIB con un modelo de una ecuación y cuatro variables: un par de rezagos del PIB, el crecimiento esperado de Estados Unidos y el precio del café en el mercado internacional. En general obteníamos buenos resultados. Creo que hoy podríamos hacer lo mismo, poniendo también en la ecuación el PIB de la China y el de la Unión Europea y remplazando el precio del café por el del petróleo. La significación del petróleo para la economía colombiana se ilustra en la gráfica 1, donde en el eje derecho se mide su precio internacional y en el izquierdo la tasa de crecimiento del PIB real.

Con esto quiero decir que los países latinoamericanos – con la excepción probable de México y Brasil, cuyas grandes poblaciones les dan un mercado interno que les permite cierta autonomía – están enormemente condicionados en su desempeño económico por lo que ocurra en la economía mundial y en los mercados internacionales de materias primas.

Eso no significa, por supuesto, que nuestros países y sus gobiernos no puedan hacer absolutamente nada con relación al crecimiento. Las situaciones institucionales y políticas internas de cada uno determinan, en gran medida, sus posibilidades de aprovechar el impulso de los auges de la economía mundial y las materias primas y mitigar el efecto de sus recesiones. Venezuela y Argentina son una muestra palmaria de cómo se pueden desaprovechar las loterías de la economía mundial. 

Gráfica 1

 


Colombia tiene a su favor cuatro activos institucionales muy importantes para manejar los vaivenes a los que la dinámica de la economía mundial somete a su pequeña economía:  la autonomía de la banca central, los límites al endeudamiento público impuestos por la regla fiscal, unos 16 tratados de libre comercio y su apertura a la inversión extranjera.   

Aunque, como consecuencia de la expansión del gasto y el endeudamiento público en el que se viene incurriendo para enfrentar los efectos de la pandemia, la regla fiscal quedó muy maltrecha, sigue siendo, con la autonomía del banco central, un elemento fundamental para garantizar la relativa estabilidad macroeconómica de que se ha beneficiado Colombia en las últimas décadas. Tanto la regla fiscal como la autonomía del banco central tienen anclaje constitucional, lo que es bastante bueno para el País.

En general, la política monetaria ha estado centrada, con bastante éxito, en mantener a raya la inflación. El Banco de la República maneja una meta puntual de inflación objetivo dentro de un rango de un punto porcentual por encima o por debajo. El principal instrumento de intervención es la tasa repo a un día para las operaciones con los bancos del sistema. Esto no excluye intervenciones limitadas en el mercado cambiario o en el de deuda pública. El financiamiento directo al gobierno debe ser autorizado por el voto unánime de la Junta Directiva, situación que no se ha presentado nunca desde que en 1991 se consagró la autonomía del Banco.

Colombia ha logrado avanzar en incorporar en su normativa una serie de disposiciones para evitar el desbordamiento del gasto público. En 2003 se aprobó la ley 819 o ley de responsabilidad fiscal que creó el instrumento llamado Marco Fiscal de Mediano Plazo. En 2010 se aprobó el acto legislativo 019 que introdujo en la Constitución el concepto de sostenibilidad fiscal, con el que se trata de poner límites al impacto fiscal del llamado gasto público “social” que el Congreso suele tratar con gran generosidad. Finalmente, la ley 1473 de 2011, introdujo la regla fiscal en la que se tenía previsto que en 2022 el déficit estructural del gobierno nacional no excediera en 1% del PIB. Lamentablemente, para atender el manejo de la pandemia, la regla fiscal fue suspendida temporalmente.    

Los 16 TCL suscritos por Colombia rigen sus relaciones comerciales con 57 países del mundo entre los que se encuentran Estados Unidos, Canadá, México, Brasil, Corea y los países de la Unión Europea. Aunque faltan con China y Japón, los países con los que se tienen acuerdos comerciales representan el 55% del PIB mundial y un 22% de la población.

Prácticamente todos los sectores de actividad económica están abiertos a la inversión extranjera directa o de portafolio, la cual recibe en todos los aspectos un tratamiento igual a la nacional. Salvo en los sectores de minas, hidrocarburos, seguros y financiero, no se requiere autorización previa y solo se obliga al registro en el Banco de la República con fines estadísdísticos y para efectos de participar en el mercado cambiario. No existen límites a la repatriación o reinversión de utilidades.  

Entre las desventajas institucionales de la economía colombiana están la carga tributaria que agobia a las empresas y una legislación laboral que mantiene el desempleo estructural en las vecindades del 10% y alienta la llamada informalidad económica.  

Cuadro Único



El cuadro único presento una estimación de la carga tributaria en 2019 considerando todos los impuestos, nacionales y locales, las cargas parafiscales sobre la nómina, las contribuciones patronales a la seguridad social, la regalías minero energéticas y otros parafiscales menores. Estamos en un 24% del PIB, cifra muy elevada para un país con un PIB per cápita inferior a US$ 7.000, que debe crecer de forma sostenida al 5% anual.

Adicionalmente, esa carga tributaria agobia particularmente a las empresas. Un estudio de la DIAN de 2015 estimó la tasa efectiva de tributación promedio de las empresas en 61% de las utilidades. Más recientemente, Banco Mundial la estimó en 71%, considerando el conjunto de los impuestos y toda la parafiscalidad.

El mercado laboral está muy afectado en su funcionamiento por los gravámenes a la nómina, equivalentes al 3,5% del PIB; por un salario mínimo uniforme para todo el País, que ignora las grandes diferencias de productividad entre las diversas regiones, y por un régimen de despidos que convierte en matrimonio casi indisoluble el contrato laboral.

Pero aún con ese régimen tributario y la actual legislación laboral, por el mero efecto de rebote, dada la caída de 2020, estimada entre 7% y 8%, la economía colombiana crecerá un 5% en 2021, ayudada por la recuperación de la economía mundial que debe acelerarse a medida que la vacunación masiva contra el Covid 19 permita el restablecimiento de las actividades productivas y se despeje la incertidumbre del riesgo de un rebrote de los contagios que lleve de nuevo al cierre de las economías. En cualquier caso, en Colombia, con suerte, estaremos alcanzando el nivel PIB de 2019 a finales de 2022.

Gráfica 2

 


La gráfica 2 presenta los pronósticos de crecimiento del PIB de cuatro entidades significativas. Los pronósticos del FMI y Banco de la República son de octubre, el del Ministerio de Hacienda es el que soporta el presupuesto de 2021 y el de Fedesarrollo es de septiembre.

La recuperación del empleo es mucho más problemática. Volver a las tasas de desempleo anteriores a la pandemia puede tardas varios años. Entre 2013 y 2018 tuvimos tasas de desempleo inferiores a 10%, resultado del buen desempeño de la economía durante el período favorable de los precios del petróleo. En enero de 2020, el desempleo estaba en 10,6%, se elevó a 21,1% en mayo y cayó a 15,7% en octubre.

Gráfica 3

 


Es alentadora la recuperación parcial del empleo. La mala noticia es que el desempleo en Colombia es muy resistente a su reducción: la última vez que el País tuvo tasas de 15%, tardó una década en llevarlas a niveles del 10%. Esto se explica, fundamentalmente, por las imperfecciones anotadas del mercado laboral. Las cargas parafiscales y de seguridad social hacen que el costo para el empleador sea un 60% superior al salario efectivamente pagado al trabajador. Por otra parte, los elevados costos de despido hacen que los empresarios sean más reticentes a la ampliación de la nómina.

En el corto plazo, la recuperación del empleo también puede verse afectada por un alza inmoderada en el salario mínimo y las expectativas negativas suscitadas por una propuesta de reducir la jornada laboral legal.

 

Gráfica 4



 



Para la fijación del aumento del salario mínimo en Colombia existe una comisión de concertación conformada por representantes de los gremios económicos y las centrales obreras. Cuando no hay acuerdo entre las partes, lo que ocurre la mayoría de las veces, el Gobierno Nacional lo fija por decreto ejecutivo. En los últimos 10 años, el salario mínimo ha crecido por encima de la inflación medida por la variación del IPC. Para este año, los representantes sindicales pretenden un incremento de 14%, mientras que los gremios han propuesto 2%. Con esa brecha, la concertación es prácticamente imposible. Hay que esperar que al gobierno no se le ocurra una solución salomónica y decrete un incremento de 8%, lo que sería fatal.

Además de afectar directamente los mercados de los trabajos menos calificados, el aumento porcentual del salario mínimo es referente en las negociaciones salariales de los sectores más productivos de la economía y determina el incremento de los salarios del sector público. Por esa razón, el alza desmesurada del salario mínimo afectaría la economía en su conjunto y elevaría del déficit fiscal.

Otro factor de incertidumbre para la recuperación del empleo, es la aprobación en el Senado de un proyecto de ley que reduce, sin disminución de salario, de 48 a 40 horas semanales la jornada laboral legal; lo supone un incremento de 20% en el salario por hora. Aunque falta una segunda aprobación en la Cámara de Representantes, esta propuesta ha generado rechazo por parte de los empresarios y los economistas, especialmente por la situación de la economía en el momento en que se aplicaría la reducción.

La política monetaria llevada a cabo por el Banco de la República ha sido exitosa en el control de la inflación, cuya tasa anual ha venido cayendo a lo largo de las tres últimas décadas situándose, en general, dentro del rango meta. 

Gráfica 5

 


Muy seguramente, para 2021 y 2022, el Banco mantendrá la meta de 3%; pero es probable que se presenten dificultades para estar dentro del rango, dada la aceleración del crecimiento de los agregados monetarios como resultado de la política expansiva que se ha venido aplicando en los dos últimos años y que seguramente persistirá en 2021.

Gráfica 6

 


La gráfica 7 muestra el balance fiscal de la Nación. En 2019, el Gobierno Nacional había conseguido reducir el déficit de 4,7% a 2,5% del PIB, poniéndose el la perspectiva de alcanzar la meta de la Regla Fiscal de 1% del PIB hacia 2022. Sobrevino la pandemia y lo arruinó todo. Para de 2020, el déficit estimado por el Ministerio de Hacienda sería de 8,9% y de 7,6% para 2021. Esto eleva la deuda pública a niveles de 60% del PIB, lo cual, según algunos analistas, resulta insostenible y hace necesaria una reforma tributaria que permita recaudar unos dos puntos del PIB, es decir, unos cinco mil millones de dólares.

Gráfica 7

 


Personalmente creo que es innecesaria una reforma tributaria y que el Gobierno Nacional tiene margen para reducir su gasto y puede financiar parte del déficit con la enajenación de activos. En 2021, puede desprenderse de 10% de su participación en Ecopetrol, que ya está autorizada legalmente, y en 2022, puede vender su participación en ISA, la empresa de transmisión eléctrica.

En síntesis: la situación macroeconómica del País para 2021 y 2022 es compleja pero no inmanejable. En esos años, el PIB puede crecer a tasas cercanas al 5%, si el desempeño de la economía mundial es propicio. El asunto del empleo es más complejo: creo que sin cambios significativos en el régimen laboral podemos tardar 4 o más años en llevar al 10% la tasa de desocupación. Es posible una ligera aceleración de la inflación y la situación fiscal es manejable sin reforma tributaria o, quizás, una de alcance limitado que no grave más a las empresas. Finalmente, en lo referente al sector externo, que no ha tratado explícitamente, no veo problemas para su manejo siempre que se mantenga la flotación de la tasa de cambio.

Estoy más preocupado por lo que pueda ocurrir más allá de 2022. Ese año tenemos elecciones presidenciales y de congreso y su resultado es definitivo para las instituciones políticas y económicas de Colombia.

La izquierda anticapitalista – abierta o embozada – está muy fortalecida. En primera vuelta de las presidenciales de 2018, los candidatos de la izquierda, Gustavo Petro y Sergio Fajardo, obtuvieron el 47% de los votos. En la segunda vuelta, el émulo de Chávez y Maduro, Gustavo Petro, obtuvo más de 8 millones de votos, el 43,5% del total. La izquierda tiene 23 senadores y 25 representantes a la cámara y ganó las alcaldías de las tres principales capitales del País: Bogotá, Medellín y Cali.

La izquierda colombiana es hostil al libre comercio, ve con malos ojos la función empresarial, desprecia la propiedad privada y desea que el estado controle la actividad económica para implantar la “justicia social”. La izquierda en el poder acabaría más pronto que tarde con la autonomía del banco central, la regla fiscal, los tratados de libre comercio y la apertura a la inversión extranjera. De seguro implantaría un régimen tributario más agobiante que el actual e impondría más limitaciones a la libertad de contratación laboral.

Casi tan grave como el fortalecimiento de la izquierda anticapitalista es la deriva ideológica de los partidos políticos del establecimiento. Parecen avergonzados de los valores que deben defender – propiedad, libertad, responsabilidad, mercado y estado mínimo - y tratan penosamente de competir con la oferta asistencialista y estatista de la izquierda.

Por lo anterior no me queda más que repetir las palabras del Presidente Álvaro Uribe Vélez: ¡Ojo con el 2022!

LGVA

Diciembre de 2020.



[1] Intervención en el Foro Internacional “Perspectiva económica para América Latina en 2021”, organizado por el Instituto Thomas Jefferson para las Américas el 17 de diciembre de 2020.

Las leyes antimonopolio y los "villanos" tecnológicos

 

Las leyes antimonopolio y los "villanos" tecnológicos

 

Luis Guillermo Vélez Álvarez

Economista

 

Todo empresario sueña con amanecer convertido en monopolista y si no lo hace no está cumpliendo cabalmente la función empresarial. La definición de competencia y de las formas de mercado – perfecta, monopolio, oligopolio, monopolística – por el número de participantes tiene un efecto perverso en la visión que tienen la gente y los políticos del éxito empresarial. También es nociva la noción de mercado relevante y la visión estática que se tiene del mismo por parte de las autoridades encargadas de “vigilar” y “preservar” la “competencia perfecta”.

El rasgo distintivo de la competencia es la voluntariedad de las transacciones que realizan los agentes económicos unos con otros. Comprar el negocio de un competidor es una forma legítima de la competencia, siempre que la adquisición y la fusión a la que da lugar se realicen mediante acuerdo voluntario de las partes. La adquisición por Facebook de las empresas que crearon el WhatsApp, el Instagram y sabe Dios que cosas más se realizó, hasta donde se sabe, con el consentimiento libre de los vendedores, quienes en su momento se embosillaron alegremente los millones que recibieron a cambio.

Las demandas antimonopolio instauradas contra Facebook en los Estados Unidos y la persecución desatada por las autoridades de competencia de Europa contra Amazon, Google, Apple y demás gigantes tecnológicos ejemplifica la orientación característica de las leyes de competencia diseñadas para proteger a los competidores desafortunados de las consecuencias de la competencia misma. Muy seguramente tras esas demandas están los abogados y los lobistas de los vendedores arrepentidos que tratan ahora de conseguir en los tribunales lo que no pudieron hacer compitiendo en el mercado.

 


Ciertamente, desde la perspectiva del consumidor, que es la que debe guiar siempre el análisis económico, el mejor monopolio es el que menos dura, como dejó dicho Sir John Hicks. Los únicos monopolios duraderos y persistentes son los que gozan de protección de los gobiernos, como fue durante años el caso de las telecomunicaciones y el de los servicios públicos suministrados por redes físicas. Todos los demás son perecederos pues su propia existencia, con el beneficio extraordinario que los caracteriza, se constituye en acicate para que los competidores, buscando apropiarse de parte de ese beneficio, incursionen en el mercado eliminándolos o limitando su poder.

La competencia no existe porque los empresarios deseen buenamente permanecer chiquitos para que haya muchos en el “mercado relevante”. La competencia existe porque los empresarios se disputan a dentelladas las participaciones en el mercado y de esta forma se controlan los unos a los otros. Las “cuotas” de mercado resultan en definitiva de la voluntad de los consumidores que con sus compras determinan el tamaño relativo de los oferentes.

Es la envidia de los empresarios, no su benevolencia, lo que determina la dinámica del mercado y el número de oferentes existentes en un momento dado. Cuando un empresario constata que su competidor está atrayendo un gran número de consumidores en detrimento suyo, investiga para ver qué está pasando y, cuando lo descubre, imita el producto o procedimiento exitoso para tratar de preservar e incrementar su participación en el mercado. A la postre esto siempre beneficia al consumidor.

Todo empresario, grande o pequeño, es un monopolista de cara a su comprador pues solo el empresario sabe la magnitud de la brecha entre su propio costo y el precio, que, según su valoración subjetiva, está dispuesto a pagar ese comprador, en un lugar y momento determinados. Las brechas grandes atraen oferentes y alejan demandantes y es ese movimiento incesante el que provoca la tendencia a su reducción y desaparición total en el inalcanzable mundo del equilibrio general donde valor, precio y costo son iguales para todas las cosas y todos los agentes. Sin el concepto de tendencia al equilibrio, los economistas estaríamos ciegos para entender la realidad de las cosas.  

El caso contra Facebook recuerda el de la AT&T que duró nueve años antes de que fuera desmembrada en las siete Baby Bells en 1984, cuando ya habían aparecido la telefonía móvil y el Internet, tecnologías que fueron, más que las leyes, las que dieron al traste con los monopolios de telefonía fija. Seguramente los abogados de las grandes tecnológicas conseguirán dilatar los procesos en su contra, mientras en algún lugar del mundo empresarios envidiosos de sus beneficios desarrollan las tecnologías y las empresas que las suplantarán.

El problema es que, como se sabe, el mal ejemplo cunde. Ya debe estar nuestra autoridad de competencia - la inefable SIC – pensando cómo desmembrar a nuestras nacientes empresas tecnológicas a las que, por su estrecha visión de la competencia, ha tratado con especial hostilidad. Lo peor es que las cosas no terminarían allí si los enemigos de la libertad económica, ya abundantes en Colombia, en las próximas elecciones, consiguen aumentar su cuota en el mercado político. Por eso, ¡Ojo con el 2022!    

LGVA

Diciembre de 2022.

martes, 15 de diciembre de 2020

Aritmética del supuesto fraude electoral en USA

 

Aritmética del supuesto fraude electoral en USA

 

Luis Guillermo Vélez Álvarez

Economista

 

El rechazo por la Suprema Corte de la demanda interpuesta por el fiscal de Texas contra las elecciones en cuatro estados, sepultó las esperanzas de Donald Trump de revertir el resultado de la votación del 3  de noviembre. El 14 de diciembre, como estaba previsto, el Colegio Electoral oficializó la victoria de Biden. Aunque falta la confirmación por el Congreso el 6 de enero de 2021, Trump tendría que hacer explotar una verdadera bomba poselectoral para que no sea ratificada la decisión del Colegio. 

En la noche de 3 de noviembre, en 46 de los 51 estados de la Unión, incluido el Distrito de Columbia, se habían definido los resultados, sin que en ninguno de ellos se hubiese escrutado la totalidad de los votos, pero el porcentaje contabilizado era suficiente para establecer el ganador. Biden tenía 254 votos electorales y Trump 237. Faltaban cinco estados – Georgia, Michigan, Nevada, North Carolina y Pennsylvania – que en conjunto representaban 73 votos electorales. La elección no estaba definida: cualquiera podía ganar.

Entonces apareció Joe Biden en televisión proclamándose vencedor y diciendo al mismo tiempo que había que esperar con paciencia hasta el conteo del último voto. Como quien dice: ni se les ocurra proyectar con base en lo ya escrutado. Lo curioso del cuento es que, en cuatro de esos estados, con la excepción de Nevada, iba ganando Trump, por un amplio margen – 12,8% con el 64% del escrutinio - en el caso de Pennsylvania. En Georgia el margen era menor, 2,2%, pero bastante confortable, habida cuenta de que el conteo iba en el 94%. En Michigan cualquier cosa podía ocurrir, pues el margen a favor de Trump era de solo 0,3% con el 90% de los votos escrutados. En North Carolina, donde finalmente resultó ganador, el margen a favor de Trump, en la noche del 3 de noviembre, era de 1,4% con el 94% de los votos contabilizados.  

La tabla muestra los resultados de los cinco estados bisagra en la noche del 3 de noviembre y los resultados finales. Es claro que, para poder ganar en Michigan, Georgia y Pennsylvania, Biden tenía llevarse la parte del león de la votación que faltaba por escrutar, como efectivamente ocurrió. En Georgia se quedó con el 70,7% y en Pennsylvania con el 73,9%, ganando en el primero con un margen de 0,2% y de 1,2% en el segundo. En Michigan se llevó el 62,3% para ganar por un margen de 2,8%.

 

Para que Trump hubiera ganado con el mismo margen que ganó Biden esos estados, habría bastado con que éste se llevara “solo” el 66,8% de los votos adicionales de Georgia, el 70,9% de los de Pennsylvania y el 50,2% en Michigan. Así las cosas, el presidente electo de los Estados Unidos sería Donald Trump, con 284 votos electorales.  Los abogados de Trump denunciaron, sin éxito, irregularidades en la en la votación de esos estados. 

 Si esas cosas pueden acontecer en la que supuestamente es la mejor democracia del mundo, aterra pensar lo que pueda pasar en Colombia. Después de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales de 2014, se presentaron ante la autoridad electoral 133 denuncias documentadas por delitos electorales – presión de grupos armados, compra de votos, participación de funcionarios públicos y constreñimiento al elector- cometidos para favorecer a Santos.  Esas elecciones estuvieron marcadas por los más descarados abusos de poder de que se tenga memoria en la historia reciente del País.

En las elecciones de 2022 Colombia se juega no un cambio de presidente y congreso sino toda una transformación en su régimen económico y político de triunfar una alianza de izquierda como la que se está delineando. Se viene una coalición que agrupará el santismo, el fajardismo, el claudismo, el robledismo, el petrismo y las Farc. ¡Ojo con el 2022!

LGVA

Diciembre de 2020.

lunes, 14 de diciembre de 2020

La lucha del pueblo venezolano contra la dictadura lumpen

 

La lucha del pueblo venezolano contra la dictadura lumpen

 

Luis Guillermo Vélez Álvarez

Economista

 

El gobierno se necesita para protegernos de los criminales y la constitución para protegernos del gobierno, decía Ayn Rand. No nos dejó dicho dónde buscar protección cuando los criminales son el gobierno y escriben la constitución. Esa es la situación de Venezuela desde que, en un acto de estupidez colectiva, decidieron sus ciudadanos confiar su destino a un grupo de delincuentes disfrazados de redentores.

Aunque no hay que dejar de hacerlo, no se debe ser demasiado cruel con los venezolanos al recordarles la responsabilidad que les cabe en el miserable destino que les está tocando vivir. A fin de cuentas, los cultísimos alemanes cargaron en hombros a Hitler y los alegres italianos hicieron antes lo propio con Mussolini. La democracia es un sistema riesgoso, como advirtiera hace ya casi un siglo el gran Ortega y Gasset.

Es admirable la voluntad de lucha que aún exhibe el pueblo venezolano al votar masivamente – seis millones y medio de ciudadanos lo hicieron – la consulta popular convocada por la oposición del pasado 12 de diciembre. Una participación superior a la de la farsa electoral del 6 de diciembre en la que el chavismo eligió su asamblea nacional de bolsillo.

Veinte años después de la llegada al poder de la banda criminal de Castro, los cubanos habían perdido toda voluntad de lucha y la ominosa dictadura era reconocida por la llamada “comunidad internacional”. Más de veinte años después de la entronización de Chávez y sus bandidos, los venezolanos continúan luchando y el régimen criminal de su heredero Maduro cosecha el repudio de los gobiernos decentes del mundo entero. Por eso el pueblo venezolano es merecedor de gran admiración y de todo el apoyo que podamos brindarle.

Es también admirable el Presidente Duque por su repudio abierto a la dictadura de Maduro y su apoyo sin ambages a la oposición venezolana, asumiendo, con valentía y sin escatimar riesgos, el liderazgo de los países de América Latina que rechazan la dictadura lumpen de Venezuela.  Solo por eso Iván Duque tiene ya un honroso lugar en la galería de los defensores de la libertad.   

Es repudiable la indiferencia con la que los medios de comunicación colombianos, excepción hecha del Noticiero NTN, trataron la heroica jornada de votación de los venezolanos el pasado 12 de diciembre. Ni un corresponsal en el lugar, ni una nota, ni un comentario, nada de nada; los medios colombianos guardaron vergonzoso silencio, porque en este caso, más que en cualquier otro, silencio es complicidad.

A lo mejor el silencio de los medios es reflejo de su cada vez menos disimulada simpatía por los criminales de la política colombiana que tiene presencia en el congreso y cosechan gran intención de voto. Tampoco han dicho nada los fajardos, las claudias, los antanas, ni ninguno de los representantes de la “franja tibia”, cuya tibieza reconforta a los más calientes criminales de la política.   

La experiencia de Venezuela muestra, a la vez, la facilidad con la que un pueblo pletórico de demagogia puede lanzarse engañado en los brazos de una dictadura criminal y la enorme dificultad de librarse de ese abrazo letal. Por eso es tan preocupante que los criminales de la política colombiana y los tibios que los acolitan estén recogiendo elevada intención de voto con su discurso demagógico. Hay que salir a disputarles el corazón y la mente de los colombianos, pues es mucho lo que está en juego. ¡Ojo con el 2022!

LGVA

Diciembre de 2020.

jueves, 10 de diciembre de 2020

La economía clásica y la jornada de trabajo

 

La economía clásica y la jornada de trabajo

(Para mi amigo Martín Jaramillo, el gran economista greco-caldense)

 

Luis Guillermo Vélez Álvarez

Economista

“Todos los obreros de las fortificaciones y las fábricas trabajarán ocho horas al día, cuatro por la mañana y cuatro por la tarde; las horas serán distribuidas por los ingenieros según el tiempo más conveniente, para evitar a los obreros el ardor del sol y permitirles el cuidar de su salud y su conservación, sin que falten a sus deberes” (Ley VI de la Ordenanza de Instrucción de 1593, de su Serenísima Majestad Felipe II)[1]

 

Los estudiosos del pensamiento económico tenemos un sesgo marcado hacia el viejo proverbio nihil novum sub sole. No nos resulta difícil encontrar en algún autor del pasado el antecedente de cualquier idea supuestamente novedosa o identificar en un planteamiento del presente la persistencia obstinada de un viejo error.

Los errores de los grandes economistas del pasado son siempre más interesantes que los aciertos de sus pequeños epígonos del presente, porque los primeros responden a grandes interrogantes de la disciplina siempre abiertos mientras que los segundos resuelven pequeñas inquietudes mercenarias.

En el de la extensión de la jornada laboral, como en otros asuntos, Inglaterra, con su legislación fabril, marcó el derrotero después seguido por los demás países del mundo. En la discusión de los economistas clásicos se encuentran los mismos errores y aciertos de la discusión presente, cuya relevancia puede estar desapareciendo, dada la mutación de las formas de trabajo y de contratación que se está desarrollando ante nuestros ojos. Pero ese es otro asunto. Por lo pronto, el trabajo fabril continúa existiendo y los gobiernos insisten en regularlo.

Hacia finales del siglo XVIII y principios del XIX, en Inglaterra, el trabajo en las fábricas está desplazando el de los artesanos y el de los operarios que trabajan en sus domicilios por cuenta de otro, hasta entonces predominantes en la manufactura. Ni el artesano en su taller ni el obrero en su casa estaban sometidos a una jornada laboral única y uniforme, cada cual trabajaba a su propio ritmo y bastaba con que cumplieran con los pedidos de los clientes o los encargos del patrón. Eso no es posible en la fábrica donde la división técnica del trabajo impone la cooperación de los operarios que se ven obligados a trabajar simultáneamente en el mismo lugar y en una misma y única jornada para todos. Esa es la característica distintiva y fundamental del trabajo en las fábricas o sistema fabril.

La legislación fabril inglesa – las Factory Acts – nació con una ley de 1802 - Ley para la Mejor Conservación de la Salud y de la Moral de los Aprendices - que limitó el trabajo de los niños a 12 hora diarias. Otra ley de 1819 – Ley Peel o Ley reguladora de las fábricas de algodón - prohibió el trabajo de los niños menores de 9 años. Es la ley fabril de 1833 la que establece, por primera vez en la historia moderna, la jornada laboral legal cuyos límites fija entre cinco y media de la mañana y ocho y media de la noche. En ese lapso de quince horas es legal contratar hasta por doce a obreros adolescentes – entre 13 y 18 años – y hasta por ocho a niños entre 9 y 13.

La ley fabril del 7 de junio de 1844 extendió el límite de 12 horas diarias de trabajo a todas las mujeres, sin importar la edad, y prohibió su trabajo nocturno. Parece que el trabajo de los niños y las mujeres era más complementario que sustitutivo del de los varones adultos. Como en la mayor parte de las operaciones en las fábricas era indispensable la cooperación de hombres y mujeres o entre obreros adultos y jóvenes aprendices, esto redujo en la práctica la jornada laboral de los obreros varones adultos. Marx, quien se ocupó extensamente de la legislación fabril inglesa, al respecto escribió lo siguiente:

“Por tanto desde 1844 a 1847 la jornada laboral de 12 horas fue, de hecho, la jornada general y uniforme de trabajo en casi todas las ramas industriales sometidas a la legislación fabril”[2].

El 8 de junio de 1847, una nueva ley fabril ordenó reducir a 10 horas la jornada laboral de los obreros jóvenes y de todas las obreras. Por la razón ya expuesta, esto arrastraba en la práctica la reducción de la jornada de todos los obreros. Tal vez para compensar ese impacto, la ley fabril de 1850 eleva a 10 horas y media la jornada de obreras y obreros jóvenes. Finalmente, la Factory Act de 1874 estableció para todos los trabajadores una jornada laboral de 10 horas como máximo.

La joven economía política inglesa participó activamente en los debates de las leyes fabriles, como lo hizo también en los de las leyes de cereales y las leyes de pobres. Toda la teoría de Ricardo se construyó a propósito de las primeras y la de Malthus de las segundas. Como Ricardo y Malthus habían fallecido en 1823 y 1834, respectivamente, correspondió a sus discípulos Nassau Senior, Robert Torrens y John Stuart Mill asumir la carga de la discusión.

En general, tanto Senior como Torrens y los demás economistas clásicos, fueron favorables a la regulación del trabajo infantil, pero se opusieron a la de la jornada laboral de los adultos, porque esa regulación violaba la libertad de contratación entre agentes económicos ilustrados. Creían, además, que las reducciones continuas de las horas de trabajo, sin reducción de los salarios nominales, terminarían por arruinar la industria inglesa[3].

En una de sus célebres cartas sobre las leyes fabriles, la dirigida a Charles Poulett Thomson, el 28 de marzo de 1837, para explicar su posición contraria a la reducción de la jornada laboral de once y media horas a diez, Senior imaginó el caso de un industrial del algodón que invierte un capital de 100.000 libras – 80.000 fijo y 20.000 circulante – del que obtiene un beneficio bruto de 15%: un 5% para reposición del capital fijo y 10% de beneficio neto. Para que las cosas cuadren, nuestro industrial debe producir y vender anualmente mercancías por un valor de 115.000. Al pasar la jornada en 11½ a 10 horas, evidentemente, ceteris paribus, el valor de la producción anual se reduce a 100.000 libras, desapareciendo la totalidad del beneficio que surgía de esa última 1½ hora[4]. Si la reducción era de una hora, desaparecía el beneficio neto, razón por la cual el planteamiento de Senior es conocido en la historia del pensamiento económico como la “hipótesis de la última hora”.

En cualquier caso, al extenderse la situación al conjunto de los industriales ingleses de mediados del siglo XIX, la industria británica se arruinó y la Orgullosa Albión retornó a la agricultura feudal. Pero no hay que ser excesivamente crueles con el desdichado Senior pues, a fin de cuentas, en el siglo IV antes de Cristo, un hombre tan inteligente como Aristóteles había convencido a todo mundo de que sin esclavos la humanidad no podía progresar, nadie llegaría a ser filósofo ni a convertirse en ciudadano deliberante de alguna de las innumerables polis griegas.

El problema de Senior radicaba en el inmenso ceteris paribus oculto en su razonamiento. La función de producción de su industrial es, evidentemente, una de coeficientes fijos que no admite sustitución alguna entre capital y trabajo. Parece también suponer, algo imperdonable en un discípulo de Ricardo, que la relación trabajo/capital es la misma en todos los sectores de economía, lo que le impide entender que la reducción de la jornada laboral afecta desigualmente los distintos sectores, provocando movimientos de capital desde los más a los menos afectados, hasta que se obtenga la nivelación de los beneficios en todas las ramas, lo cual se produce por cambios en todos precios e ingresos de la economía. Tampoco consideró Senior los cambios en las funciones de producción eventualmente inducidos por el acortamiento de la jornada. Con cierta pedantería podríamos hoy decir que el análisis de Senior era estático y de equilibrio parcial y no dinámico y de equilibrio general como exigía la naturaleza del problema.    

Mill se aparta del análisis apriorístico de Senior al sostener que el efecto sobre los beneficios, la producción y el empleo de una reducción de las horas de trabajo sin disminución de los salarios es algo que “…no podría predecirse de antemano y sería la experiencia la que lo diría.”[5]. No ahonda más en el asunto y en lugar de ello emprende un análisis completamente novedoso para la época y de gran interés en el presente.

La discusión sobre la jornada de trabajo establecida por ley, la aborda Mill en el Libro V, capítulo XI, secciones 9 y 12 de sus “Principios de Economía Política”. Es bueno recordar que el Libro V trata de la influencia del gobierno en la economía y el capítulo XI se titula: “De los fundamentos y límites del principio de Laisser-Faire o no intervención”. La primera edición de los “Principios” se publica en 1848, es decir, un año después de la aprobación de la Factory Act que llevó a 10 horas diarias la jornada laboral de los jóvenes menores de 18 años y las mujeres. La reflexión de Mill sobre el asunto está en buena medida marcada por ese hecho al cual hace referencia explícita.

En la sección 9, Mill enuncia el principio de no intervención del gobierno de la siguiente forma:

“…casi todas las personas tienen una opinión más exacta y más inteligente de sus propios intereses y de los medios para fomentarlos, de la que puede serle impuesta por un decreto general de la legislatura o de la que puede aconsejarle en algún caso particular un funcionario público. Por regla general la máxima es incontestable; pero no es difícil percibir algunas excepciones importantes y muy conspicuas que pueden clasificarse bajo diversos títulos”[6]

Entre las excepciones importantes está el caso de los dementes, totalmente incapaces de juzgar y actuar sobre su mejor interés, y los niños, que no han adquirido la madurez intelectual requerida para hacerlo. En el caso de los niños, no basta con decir que su juicio puede ser sustituido por el de los padres o parientes, pues la autoridad paterna es susceptible de abuso como cualquier autoridad; lo cual justifica la intervención legal que prohíba a los padres a hacer ciertas cosas malas para los niños, como maltratarlos físicamente o privarlos de educación.

Sobre la jornada laboral de los niños plantea lo siguiente:

“En los dominios especiales de la economía política podemos encontrar un ejemplo bien palpable: es muy justo que se proteja a los niños y a los jóvenes, hasta donde pueda alcanzar el ojo y la mano del estado, contra el peligro de hacerlos trabajar en exceso. No debe permitírseles que trabajen demasiadas horas al día o que realicen trabajos demasiado duros para sus fuerzas, pues si se les permite tal cosa se les obligará a soportarlos. En el caso de los niños, libertad de contratación es sinónimo de libertad de opresión”[7]

Estaba bien pues lo referente a los niños. El problema era que la Factory Act de 1847 restringía también la libertad de contratación de las mujeres por la misma razón que lo hacía con los niños y los jóvenes: su situación de dependencia y la inmadurez de su juicio. Esto resultaba inaceptable para Mill:

“Pero el que se incluyan en una misma clase, para éste y otros fines, a la mujer y al niño, me parece indefendible en principio y dañino en la práctica. El niño no puede juzgar o actuar por sí mismo hasta llegar a cierta edad (…) pero la mujer es tan capaz como el hombre de apreciar y dirigir sus propios asuntos, y el único obstáculo para que lo haga proviene de la injusticia de su actual situación social”[8]

Mill estaba casado con una mujer formidable, Harriet Taylor - la destacada defensora del voto femenino y de la igualdad las mujeres en todos los derechos políticos, civiles y sociales - que ejerció una gran influencia sobre su pensamiento, llevándolo a rechazar la noción de “naturaleza femenina”, prevaleciente entre la mayor parte de los liberales de su época[9].

“Lo que ahora se llama la naturaleza de las mujeres es algo eminentemente artificial, el resultado de una represión forzada en algunos sentidos y de un estímulo antinatural en otros”[10]. 

La cuestión, pues, con relación a la mujer, no es “protegerla” de las consecuencias de su condición social, sino de alterar esa condición para que pueda decidir y actuar libremente en función de su interés como lo hacen los hombres:  

“Si la mujer tuviera, como lo tiene el hombre, el control absoluto de su persona y de su patrimonio o sus adquisiciones, no habría ningún motivo para que se le limitaran las horas de trabajo, con el objeto de que pueda tener tiempo de trabajar para el marido, en aquello que los defensores de la restricción llaman su hogar”[11]

En esas condiciones se podría esperar que Mill rechazara de plano la restricción de la libertad de contratación con la imposición legal de una jornada laboral a los obreros adultos, hombres y mujeres. Sorprendentemente no es así, y el argumento empleado es aún más sorprendente:

“Existen casos en los cuales la intervención de la ley es precisa no para predominar sobre el juicio de los individuos respecto de sus propios intereses, sino para dar efectividad a ese juicio, ya que no pueden hacerlo efectivo sino concertándose, y este concierto no puede ser eficaz a menos que la sanción de la ley le comunique validez”[12]

Para explicar este enunciado, Mill desarrolla el siguiente razonamiento:

Supongamos una reducción de la jornada de diez a nueve horas sin disminución de salario. En principio, como es obvio que esto beneficia a todos los trabajadores, habría que suponer que todos la acogerían sin que fuera necesaria su imposición legal. Sin embargo, como otra consecuencia de la reducción de la jornada es la elevación en poco más de 10% del salario por hora, es probable que algunos o muchos trabajadores valoren más el ingreso adicional que una hora más de ocio. Si los que valoran más el ocio son pocos, quedarían en situación desventajosa en el mercado y a la larga se verían forzados a trabajar diez horas. Si, por el contrario, la mayoría valoran más la hora de ocio, la reducción de la jornada se impondrá sin sanción legal, aunque algunos quieran y logren trabajar diez horas. Como no hay forma de saber de antemano el comportamiento de los trabajadores, la reducción de la jornada debe imponerse por la ley.  

Aunque Mill no lo hizo, es posible hacer un razonamiento similar del lado del empresario. Necesariamente, en el largo plazo, la reducción de la jornada de trabajo sin reducir el salario eleva la relación capital/trabajo y aumenta la producción por hombre. Esto lo pueden entender algunos empresarios, pero es poco probable que aislada y espontáneamente tomen la decisión de reducirla pues el efecto inmediato, que percibe todo mundo, de aumentar los costos y reducir la producción los pone en desventaja con sus competidores. En estas condiciones se necesitaría de la intervención estatal para obligar a los empresarios a actuar de acuerdo con su propio interés de largo plazo.

Alfred Marshall, el último de los grandes economistas clásicos[13], no entró en la discusión de si la reducción de la jornada laboral debía hacerse por fuerza de la ley, pero estaba convencido de que el progreso de la sociedad se manifestaba, entre otras cosas, en el hecho de que el trabajo manual demandara menos horas del día a cada hombre, de suerte que para todos ellos se abría la posibilidad de dedicar su tiempo a actividades más elevadas y propicias para el desarrollo de su cuerpo y su espíritu.

En una hermosa conferencia titulada “El porvenir de las clases obreras”, pronunciada en el Reform Club de Cambridge, en noviembre de 1873, Marshall expresó su convicción de que las invenciones y el progreso de la ciencia llevarían a la reducción de la jornada de trabajo manual a no más de seis horas diarias. Al planteamiento tradicional de los efectos de una jornada reducida sobre la producción, respondió de la siguiente forma:   

“Puede argüirse en primer lugar que un gran descenso en el número actual de horas de trabajo manual impediría a la industria de un país cumplir con su cometido, de manera que no podría sostenerse el nivel de riqueza del mismo. Esta objeción es un ejemplo de la dificultad que tenemos de ver la realidad de las cosas con que estamos familiarizados. Todos sabemos que las invenciones y el progreso de las ciencias han multiplicado enormemente la eficacia del trabajo durante los últimos cien años”[14]

Hablaba Marshall, hay que insistir en ello, al trabajo manual en el que el músculo del hombre compite vanamente con las fuerzas de la naturaleza, en lugar de ponerlas a su servicio con el conocimiento aplicado a la producción. De ahí sigue esta hermosa y optimista conclusión:

“…el único tipo de trabajo excluido de nuestra imaginada sociedad es aquel que conduce a un estancamiento del desarrollo mental, el que impide a los hombres que abandonen las viejas y estrechas rutinas de pensamiento y sentimiento y lleguen a obtener conocimientos más extensos, gustos más elevados e intereses más comprensivos. Hoy es el citado estancamiento casi la única causa de su indolencia. Si se suprime, y el trabajo se aplica adecuadamente, el empleo vigoroso de sus facultades ha de ser la finalidad de todo hombre. El trabajo total que se realice por habitante ha de ser mayor que ahora. Menos trabajo se aplicará directamente al aumento de la riqueza material, pero mucho más se aplicará indirecta y eficazmente a dicho fin. Saber es poder, y el hombre tendrá conocimientos. Aumentará el número de invenciones y estas serán adoptadas. Todo trabajo será especializado y no habrá beneficio al emplear a los hombres en tareas que no requieran habilidad especial”[15].  

Espero que el lector que obstinadamente llegó hasta aquí haya encontrado este repaso de economía clásica sino útil por lo menos divertido.   

 

LGVA

Diciembre de 2020.

 

Bibliografía

Blaug, Mark. (1962, 2001). Teoría económica en retrospectiva. Fondo de Cultura Económica, México, 2001.

Keynes, J.M. (1936, 2000). Teoría general de la ocupación, el interés y el dinero. Fondo de Cultura Económica, México, 2000.

Marshall, Alfred (1929, 1978). Obras escogidas. Fondo de Cultura Económica, México, 1978.

Marx, Karl. (1867, 1971). El Capital, Tomo I. Fondo de Cultura Económica, México, 1971.

Mill, John Stuart (1848, 1978). Principios de Economía Política. F. Fondo de Cultura Económica, México, 1978.

Rosenblatt, Helena (2018, 2020). La historia olvidada del liberalismo. Editorial Planeta-Editorial Crítica. Bogotá, 2020.

Senior, N.W. Letters on the Factory Act, as it affects the Cotton Manufacture (London: B. Fellowes, 1837).  https://oll.libertyfund.org/title/senior-letters-on-the-factory-act.

 

 



[1] “La jornada de ocho horas: ¿un invento «sindicalista» del Rey Felipe II?” ABC- Historia. https://www.abc.es/historia/abci-jornada-ocho-horas-invento-sindicalista-felipe-201905080106_noticia.html

 

[2] Marx, K. (1867,1971). Página 223.

 

[3] Blaug, M. (1962, 2001). Página 244-245.  

 

[9] En su autobiografía, hablando de Harriet, Mill escribió lo siguiente: “En todo cuanto concierne a la aplicación de la filosofía a las exigencias de la sociedad humana, yo he sido su discípulo, tanto en la osadía especulativa como en la prudencia del juicio práctico”. Citado en Marshall, Alfred (1929, 1978). Página 181.   

 

[10] Mill, J.S. “On the Subjection of Women”. Citado en Rosenblatt, H. (2018, 2020).

 

[12] Mill, J.S. (1848, 1978). Página 823.

 

[13] Entendiendo “Economía Clásica” en el sentido que Keynes dio a la expresión en la Teoría General: “Me he acostumbrado – escribió Keynes – a incluir en la escuela clásica a los continuadores de Ricardo, es decir, aquellos que adoptaron y perfeccionaron la teoría económica ricardiana, incluyendo a J.S. Mill, Marshall, Edgeworth y el profesor Pigou”. Keynes (1936, 2000). Página 15.

 

[15] Marshall, Alfred (1929, 1978). Página 192.