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miércoles, 1 de marzo de 2017

El verdadero alcance del fallo de la Corte Constitucional sobre las corridas de toros

El verdadero alcance del fallo de la Corte Constitucional sobre las corridas de toros

Luis Guillermo Vélez Álvarez
Economista, Universidad EAFIT

La libertad debe entenderse como el derecho que tienen las personas de hacer ciertas cosas y de oponerse a la imposición de otras. La base de todos los derechos es el derecho de propiedad. El derecho de propiedad descansa en un axioma ético fundamental enunciado por Locke: la propiedad de todo ser humano sobre su propia persona, cuerpo y su mente. De este axioma de auto-posesión se derivan todos los demás derechos, en particular el derecho de propiedad sobre todo aquello creado en ejercicio de las facultades personales combinadas con los recursos naturales libres o adquirido mediante el intercambio voluntario de las propias posesiones con las posesiones de otras personas. Los taurinos tienen el derecho de hacer corridas de toros porque los toros y todos los recursos económicos empleados en las corridas son su propiedad legítimamente adquirida. 

Para ejercer el derecho de hacer corridas es completamente irrelevante que otro grupo de personas o la mayoría de estas considere que las corridas de toros son un espectáculo detestable. Los anti-taurinos tienen el derecho de oponerse a las corridas y de emplear sus recursos para boicotearlas y difundir cualquier suerte de propaganda o información en contra de ellas sin que importe que esa información sea falsa o verdadera. Los taurinos, a su turno, tienen el derecho de boicotear a los boicoteadores y difundir su propia información o propaganda sin que importe tampoco que sea falsa o verdadera. Lo que no es admisible es que la autoridad pública adopte como un valor social supremo el criterio estético o moral de quienes se oponen a las corridas y ordene su prohibición. Al proceder de esta forma está impidiendo que los taurinos ejerzan su derecho de propiedad sobre sus recursos legítimamente adquiridos. Los está expropiando pura y simplemente. Especialmente indignante es el caso de los toreros, banderilleros, rejoneadores, picadores, monosabios y todos aquellos que ejercen los oficios de la fiesta brava a quienes se les está violando el derecho de hacer lo que quieran con su propia persona. 

Los anti-taurinos hacen parte de una especie particular de seres humanos cuyo persistente y acelerado crecimiento cuantitativo se está convirtiendo en una amenaza para la libertad. Es la especie de los que están convencidos de la superioridad moral de sus preferencias y de sus aversiones razón por la cual consideran que la autoridad pública debe ponerse al servicio de esas preferencias o aversiones para imponerlas legalmente, incluso por la fuerza, a todos los demás. A esta especie pertenecen los animalistas, los ambientalistas, los vegetarianos y los bicicleteros militantes y todos los partidarios de una vida sana llena de ejercicios y de dietas saludables y balanceadas. Aquellos que no comparten de buen grado esas preferencias o aversiones son seres equivocados cuya escasa inteligencia o sus enraizados prejuicios no les permiten entender la verdad verdadera de esas preferencias o aversiones razón por la cual es necesario imponérselas por la fuerza por su propio bienestar.

Personalmente encuentro que el fútbol es un deporte detestable porque sus practicantes se golpean salvajemente los unos a los otros, sus aficionados se acuchillan entre sí a la primera oportunidad y buena parte de sus dirigentes son apostadores tramposos. Debería prohibirse, al igual que el boxeo, la lucha libre, la hípica, las carreras de autos y el ciclismo y también el teatro, la danza, el canto y la literatura pues no hay actividad humana en la que cualquier otro ser humano no encuentre algún aspecto moralmente reprochable. La tolerancia es aceptar que la gente haga lo que le plazca en ejercicio de sus derechos aunque dichas acciones nos parezcan ética o estéticamente abominables. La tolerancia no es incompatible con difusión de información y propaganda en contra de todo aquello que nos parezca despreciable. Excluye, eso sí, el ejercicio de la violencia contra las personas y las propiedades de quienes hacen aquello que no nos gusta. Esto es lo que no pueden entender los anti-taurinos quienes, además de ser proclives al ejercicio de la violencia directa, buscan, para imponer su aversión, el amparo del estado, supuesto depositario del monopolio la violencia legítima.  Que el estado consienta en ello es inadmisible. Al convertir las aversiones particulares en aversiones públicas, el fallo de la Corte Constitucional, que en la práctica prohíbe las corridas, además de ser una flagrante violación de los derechos de los taurinos, es la institucionalización de la intolerancia. Este es su verdadero y peligroso alcance.

LGVA
Marzo  de 2017.


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