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miércoles, 9 de diciembre de 2020

La reducción de la jornada laboral: una propuesta oportuna

 

La reducción de la jornada laboral: una propuesta oportuna

 

Luis Guillermo Vélez Álvarez

Economista

 

La jornada laboral de 8 horas diarias y 48 semanales se adoptó en Colombia por la ley 125 de 1931, que incorporó a la legislación nacional el Convenio 1 de 1919 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), que es en cierta forma su acta de nacimiento. Más de un siglo después de que internacionalmente se aceptara la reivindicación obrera de los tres ochos y casi noventa años de que se hiciera lo propio en el País, lo último que puede decirse es que sea prematuro volver plantear el asunto de la reducción de la jornada laboral.

La aprobación en plenaria del senado del proyecto que propone reducir la jornada legal ha suscitado reacciones airadas, totalmente comprensibles, de parte de empresarios y economistas, centradas en su impacto inmediato de elevar en 20% el precio de la hora de trabajo. Se argumenta, con razón, que esto puede afectar la recuperación de la economía y el empleo, en las difíciles circunstancias recesivas dejadas por la pandemia y cuarentena.

Independientemente de los efectos que pueda tener en el corto plazo, es inevitable la reducción de la jornada laboral legal de Colombia, elevada incluso en el contexto latinoamericano.

La gráfica 1 muestra el promedio de horas semanales efectivamente trabajadas en algunos países del mundo. Aunque no corresponden exactamente a la duración de la jornada legal, las cifras de la OIT reflejan la fuerte tendencia a su reducción efectiva que arrastra el límite legal. Con el ingreso a la OCDE esa presión se hará cada vez más irresistible.

Gráfica 1 


La tendencia es fuerte también en Colombia. Como lo muestra la gráfica 2, en todos los sectores, las horas semanales de trabajo efectivas se vienen reduciendo y no hay evidencia de que esto nos haya empobrecido o colapsado la actividad económica. Para la economía en su conjunto, el promedio de horas semanales efectivamente trabajadas pasó, de 44, en 2010, a 42, en 2019. Por eso, el ajuste a la jornada legal en alguna medida no hará más que validar esa tendencia. 

 Gráfica 2


En lugar de rechazar de plano el proyecto, que fue radicado antes de la pandemia y que propone una reducción gradual de la jornada a lo largo de tres años, sería mejor introducirle cambios que mitiguen sus efectos de corto plazo y eliminar así la incertidumbre que causa posponer esa decisión.

Podría, por ejemplo, decidirse que la ley entre en vigor uno o dos años después de su aprobación y sanción, para que las empresas puedan hacer las modificaciones requeridas en sus procesos productivos, de tal suerte que mantengan o eleven la producción por unidad de trabajo.

El período de reducción gradual puede extenderse hasta cinco o seis años, con diferencias en los sectores de actividad, puesto que probablemente algunos de ellos - el comercio y los servicios – requieran más tiempo para obtener las ganancias de productividad necesarias.

Hay dos formas de tropezar en la vida: pedir lo imposible y oponerse a lo inevitable.

LGVA

Diciembre de 2020.

3 comentarios:

  1. Un buen artículo. Lo comparto.
    Para mitigar los posibles efectos negativos de oposición sociopolitica a la reducción de la jornada laboral hay motivar a su vez la inversión productiva, reduciendo las cargas impositivas a las empresas que reduzcan la jornada laboral pero al mismo tiempo incrementen los niveles de contratación laboral; es decir,que contraten más gente, Quedan sin embargo dos asuntos por resolver:
    - Qué medidas tomar para mejorar la productividad y la competitividad.
    - Cómo desarrollar nuevas competencias y sectores productivos de bienes y servicios no tradicionales, como por ejemplo en el sector servicios de asistencia en salud, educación, recreación, entre otros, pero también tecnológicos, que resulten atractivos para las nuevas generaciones y permitan absorber fuerza laboral desplazada por la automatización, que es otro factor a tener en cuenta. O en todo caso resolver la falta de ingreso y empleo que genera la automatización, toda vez que nosotros no somos lideres en el sector tecnológico y necesitamos atraer inversión y cerrar brechas competitivas y productivas.

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  2. También me parece un buen artículo, pero me parece que la principal ventaja de aprobar el proyecto es que le puede quitar fuerza política a un intento de aumentar la carga de impuestos (en la próxima reforma tributaria) a las empresas.
    Por lo demás, me parece de poca relevancia en el mundo actual (incluyendo a Colombia), un mundo con tanta información, tanta movilidad sectorial y geográfica de las personas y sin monopolio patronal en la compra de fuerza de trabajo, una ley de tope máximo a la jornada laboral. Además, si nos parece bien que Pedro Pérez trabaje 40 horas semanales en Davivienda y otras 15 manejando un taxi, ¿porqué nos parecería mal que trabajase 55 horas en algún banco?

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