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lunes, 3 de septiembre de 2018

Nota sobre el salario mínimo legal


Nota sobre el salario mínimo legal

Luis Guillermo Vélez Álvarez
Economista, Universidad EAFIT


La fijación de un salario mínimo legal (SML), como casi cualquier control de precios, es mala economía pública, como lo sabe cualquier economista medianamente competente. El hecho de que esa legislación exista en tantos países y que buena parte de la opinión, incluso la pretendidamente ilustrada, la encuentre natural es una muestra más del preocupante retroceso de las ideas del liberalismo económico y la enorme confusión que esto genera. No queda más que seguir el mandato que Mises diera a los defensores del liberalismo: tratar de convencer a sus conciudadanos de la veracidad y la utilidad social de sus ideas. La cuestión no es extremadamente difícil, aunque exige más atención que los slogans anticapitalistas e intervencionistas que suelen tener un acogida inmediata y clamorosa entre las masas. 

Aunque tienen un rasgo común cual es la baja calificación, el SML lo ganan una gran variedad de personas – de ambos géneros y todas las edades - que desempeñan diversos oficios en distintos lugares y diferentes circunstancias.  Dependientes de pequeños comercios, empleados de restaurantes, trabajadoras de servicio doméstico, obreros de la construcción, coteros, pinches de cocina, braceros, trabajadores agrícolas, peluqueras, manicuristas, jardineros, mensajeros, repartidores de pizza, etc. conforman la variopinta especie de quienes ganan el SML. A esa diversidad de oficios hay que añadirle la diversidad de lugares, circunstancias y momentos en los que se pueden ejercer. Naturalmente, es igualmente variada la clase de los empleadores que lo pagan: son personas naturales o jurídicas que desarrollan toda clase de negocios en los más diversos lugares, las más variadas circunstancias y momentos.

La idea de que se puede fijar acertadamente un SML igual para esta multiplicidad de situaciones parte de dos supuestos inverosímiles: i) que la gente no experimenta desagrado por trabajar en ningún oficio, en ningún lugar y en ningún momento y ii) que el valor producido por el trabajador de menor calificación es igual en todos los empleos, en todos los lugares, en todos los momentos y cualquiera sea el nivel de ocupación.

Si fuéramos a presentar gráficamente el mercado de trabajo no-calificado que corresponde a esos dos supuestos, tendríamos algo parecido a lo que se muestra en el panel (a) de la gráfica 1. Las curvas de oferta y demanda son verticales y coincidentes, es decir, que la oferta y la demanda son iguales a N* cualquiera sea el nivel del salario real (SR). En este caso el gobierno podría fijar al nivel que le diera la gana sin provocar desempleo ni informalidad.

En economía uno puede suponer cualquier cosa, menos que la gente es tonta, es decir, que actúa irracionalmente en contra de sus propios intereses. Una función de oferta como la representada en el panel (a) significa que todos los individuos están dispuestos a ofrecer la misma cantidad de trabajo cualquiera sea el salario real. Y una función de demanda vertical significa que esos mismos individuos son siempre igual de productivos - que jamás se cansan, que rinden lo mismo en el día y en la noche, en invierno y en verano – y que el valor creado es siempre igual. Pero aún en ese mercado laboral – que parece más de robots que de seres humanos – la autoridad pública no sabría donde fijar el salario mínimo real: podría ser SR1, SR2 o cualquier otro valor que se quiera. Más adelante se verá que esa indeterminación se resuelve con base en la absurda teoría del fondo de salarios. 

Gráfica 1


Si estamos hablando de seres humanos, el mercado laboral probablemente se parezca al presentado en el panel (b) de la gráfica 1, representación habitual del mercado en los textos introductorios de economía. La curva OO´, la oferta de trabajo, indica una relación directa entre el salario real y la cantidad de trabajo que la gente está dispuesta a realizar a cada nivel de éste. Parte de una intuición elemental: el trabajo es desagradable y el desagrado – la desutilidad - aumenta a medida que se trabaja más, por lo cual sólo se trabaja más si la recompensa por el desagrado - el salario real - es mayor. La curva DD´ es la demanda de trabajo y su pendiente negativa indica que el valor agregado por unidad adicional de trabajo disminuye razón por la cual solo se contratará más trabajo a un salario menor.

Si el mercado laboral se parece más al representado en el panel (b), la fijación de un salario mínimo legal “acertado”, es decir al que puedan trabajar todos los que están dispuestos a hacerlo, es difícil, más no imposible si se cuenta con un poco de buena suerte. Si la autoridad fija el salario mínimo por debajo del salario de equilibrio, el punto SMLR=SER de la gráfica, no hay ningún problema pues nada impide a los empleadores pagar por encima de ese mínimo, como efectivamente lo harán si así lo requiere su negocio y contratarán trabajo hasta el punto donde la productividad del trabajo adicional es suficiente para compensar el costo. El problema se presenta cuando la autoridad fija el mínimo por encima del salario de equilibrio, en cuyo caso se presentará la situación desempleo o informalidad indicada por el segmento AB.

Pero el problema es mucho más grave pues el mercado laboral representado en el panel (b) de la gráfica 1 no existe fuera de los libros de texto. En la realidad, existen múltiples mercados, muchísimos mercados de trabajos no calificados diferentes entre sí por circunstancias de tiempo, modo y lugar. El mercado de los meseros es diferente de una ciudad a otra y diferente en una misma ciudad; el de diciembre es diferente al de marzo; el de la noche es diferente al del día. No existe un mercado de trabajo no calificado, lo que existe en la realidad se asemeja más a lo representado en la gráfica 2: muchos, muchísimos mercados, infinidad de mercados laborales. En esas condiciones, pretender fijar su salario mínimo legal que no cause distorsiones es más un asunto de magia que de economía o política.
Gráfica 2


Hasta aquí se ha venido suponiendo implícitamente que, al fijar el salario mínimo nominal, que es lo único que puede hacer, la autoridad fija el salario mínimo real, lo que equivale a suponer que los precios monetarios de las bienes y servicios que se compran con el salario nominal son fijos e invariables. En general este no es un supuesto adecuado porque la autoridad no controla todos los precios.

A la gente le interesa tener un poder de compra que le permita adquirir ciertas cantidades de bienes y servicios de cuyo consumo obtiene satisfacción. En general, aunque a los políticos les gustaría que así fuera, la gente no padece de “ilusión monetaria” y si llega a padecerla la aceleración de la inflación se la cura rápidamente. Ahora bien, la inflación se mide por la variación promedio de un conjunto de bienes que conforman la llamada canasta familiar. Con esto llegamos al meollo de la política del salario mínimo.

Aquellos que defienden el salario mínimo legal razonan de la siguiente forma: un salario mínimo nominal es adecuado cuando permite a quien lo gana adquirir ciertas cantidades de bienes y servicios que conforman la canasta de subsistencia. Esto significa, en términos simples, que si la canasta en cuestión tiene un valor de $ 800.000 el salario mínimo nominal debe ser exactamente igual a esa suma y que en el tiempo debe variar en la misma proporción en la que varía el precio medio de esa canasta.

Esta es una reminiscencia de la vieja teoría del fondo de salarios de los economistas clásicos según la cual, en un momento dado, había una cantidad fija de bienes para asalariados que había de repartirse entre todos ellos. El reparto adecuado era aquel en el  cada familia obrera obtuviera las cantidades de bienes que garantizaban su reproducción como obreros, sin incremento ni disminución. Un salario nominal igual garantizaba ese reparto. Pensaban en una especie de economía estacionaria que se reproducía inalterada a lo largo del tiempo. Esta forma de razonar tenía unos propósitos teóricos que no podemos dilucidar en esta nota. Basta por lo pronto con decir los supuestos fácticos de esa forma de razonar ya no existen, si es que alguna vez existieron.

Sin desconocer la utilidad de establecer una canasta de bienes para medir las variaciones de los precios nominales, su empleo para definir el salario real o, como se hace frecuentemente, la cobertura del salario mínimo nominal legal, es extremadamente engañoso. Los bienes en que gastan su ingreso los que reciben el salario mínimo varían enormemente de una persona a otra: un joven soltero empleado de un bar muy seguramente consumirá bienes muy diferentes a los que demanda una madre soletera empleada en el servicio doméstico o un trabajador agrícola que tiene para su propio consumo una huerta de pan coger. Los precios que enfrentan varían de un municipio a otro, de una zona rural a una zona urbana o entre los barrios de una misma ciudad. La consideración de estas circunstancias convierte en ilusoria la pretensión de establecer un salario mínimo legal que no distorsione los múltiples mercados del trabajo de poca calificación provocando desempleo o informalidad. Esto se ilustra a continuación considerando el efecto de las diferencias de ingreso per cápita entre los departamentos.

En 2017, el salario mínimo legal anual era de $ 13.443.155, cifra que se obtiene aplicando al salario mínimo legal mensual un factor multiplicador de 1,52 para tener en cuenta la carga prestacional. La gráfica 3 relaciona ese salario mínimo anual con el PIB per cápita departamental a precios corrientes. La barra roja indica que el SML equivale al 72% del PIB per cápita nacional. En nueve departamentos el SML relativo al PIB per cápita es inferior al nacional, en todos los demás es superior.

Gráfica 3



La relación SML/PIB-per cápita es una buena medida de la capacidad de los empleadores de un departamento para pagar el salario mínimo. A medida que esta relación es más elevada es más probable que el SML esté por encima de su nivel de equilibrio lo cual se traduce en más desempleo o mayor informalidad.

Afortunadamente para los trabajadores no calificados, los inspectores del Ministerio de Trabajo son incapaces de hacer cumplir la legislación sobre salario mínimo pues si lo fueran la tasa de desempleo abierto probablemente bordearía el 20%. Gracias a esa incapacidad, la fijación de un SML que excede la capacidad de pagarlo de una economía se traduce en informalidad laboral. Departamentos como Chocó, La Guajira, Caquetá, Córdoba, Magdalena, Sucre y Norte de Santander que muestran tasa de informalidad superiores al 60% son justamente aquellos donde el SML es más elevado que su PIB per cápita.

Gráfica 4


La legislación sobre salario mínimo está basada en el absurdo supuesto de que existe un único mercado de trabajo no calificado donde los participantes no responden a incentivos. Es imposible conceptual y empíricamente establecer un nivel de salario mínimo legal que no distorsione los múltiples mercados de trabajo no calificado, ocasionando desempleo o informalidad. La legislación sobre salario mínimo perjudica a los trabajadores no calificados a los que pretende favorecer. El salario mínimo legal debería eliminarse o, en su defecto, establecer diferentes niveles de salario mínimo teniendo en cuenta las diferencias de productividad entre los departamentos.

LGVA
Septiembre de 2018.  


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