Nota sobre la reforma pensional
Luis Guillermo Vélez Álvarez
Economista
El hecho de que a nadie – o casi a nadie – le resulte extraña
la existencia de un régimen pensional obligatorio ilustra de forma palmaria el
grado en que el estatismo – entendido como la creencia acendrada de que el
intervencionismo estatal sirve mejor que el mercado al bien común – se ha
convertido en el sentir dominante de la sociedad. Por eso, la discusión de la
reforma pensional que se plantea y lo que de ella se plasme finalmente en los
textos legislativos estará marcada por ese sentir dominante.
Este, claro está, no es un fenómeno exclusivo de
Colombia. En Francia y en Chile, los casos de actualidad noticiosa, y en todos
los países que recientemente han reformado o están reformando sus sistemas
pensionales, la idea de que el ahorro para la vejez es un problema del gobierno
más que de las familias ha estado presente en los procesos de reforma,
haciéndolos extremadamente conflictivos, pues en este caso, probablemente más
que en cualquier otro, se cumple la célebre sentencia de Bastiat de que el
estado es la gran ficción en donde todo mundo trata de vivir a expensas de los
demás.
En un sistema pensional relativamente bueno exige un equilibrio
entre el esfuerzo, los beneficios y el tiempo durante el cual estos se reciben.
El esfuerzo es, por supuesto, el valor de la cotización o ahorro y el tiempo
durante el cual se realiza. El beneficio es la pensión recibida, la cual,
referida al último salario da la llamada tasa de reemplazo. La duración de los
beneficios depende de la edad de jubilación y la duración de la vida del
jubilado. El trabajo de los actuarios consiste en calcular esas variables.
Existen en el mundo gran variedad de sistemas
pensionales que pueden, no obstante, agruparse en tres categorías básicas, a
saber: el de reparto o prima media, el de ahorro individual obligatorio y los
sistemas mixtos que combinan elementos de los dos primeros. El colombiano es un
sistema mixto, con un subsistema de reparto, gestionado por Colpensiones, y uno
de ahorro individual con solidaridad, a cargo de las Administradoras de Fondos
de Pensiones. Existe también un sistema de ahorro individual voluntario cuyos
aportantes reciben incentivos fiscales.
Cualquiera sea el régimen institucional, las crisis
que aqueja a los sistemas de muchos países tienen un mismo origen: el aumento
de la esperanza de vida en la edad de retiro que lleva a que se tenga un mayor
número de jubilados y que estos vivan más. Existen, además, como detonantes de
la crisis, problemas propios de cada país.
El régimen institucional es fundamental por la
articulación del sistema pensional con el mercado laboral, el mercado de
capitales, las finanzas públicas y, a la postre, el crecimiento de la economía.
Y esto es así porque el régimen institucional no es otra cosa que la forma en
que se financian las pensiones.
El sistema colombiano, además del desajuste de sus
parámetros actuariales, adolece también de problemas en su diseño institucional
que se expresan en su baja cobertura, su elevado impacto sobre las finanzas
públicas y la coexistencia de pensiones muy elevadas con otras extremadamente
pequeñas.
A causa de la informalidad laboral, son muchas las
personas que cotizan de forma intermitente lo que les impide alcanzar el ahorro
requerido, o el número de semanas de cotización, para pensionarse con una
mesada igual al salario mínimo legal, que por decisión de la Corte
Constitucional es la pensión mínima. La informalidad laboral es en parte
consecuencia del mismo sistema pensional pues el hecho de que dos terceras
partes de los aportes pensionales corran por cuenta de los empleadores los
convierte en un impuesto a la nómina y por consiguiente en un obstáculo a la
contratación de trabajadores.
Como los beneficios reconocidos por el régimen de prima
media (RPM) exceden ampliamente a los del régimen de ahorro individual con
solidaridad (RAIS), todo mundo busca pensionarse en el primero, cuyas reservas
se agotaron hace más de 15 años razón por la cual el déficit entre las
cotizaciones corrientes y las cargas pensionales viene siendo cubierto con
recursos del presupuesto nacional. La mayor parte de esos recursos se destinan
a complementar las pensiones elevadas lo que da al sistema un odioso sesgo de
inequidad.
El actual régimen pensional, salido de la ley 100 de
1993, ha contribuido al desarrollo del mercado de capitales. El valor del fondo
administrado por las AFP asciende a unos trecientos billones de pesos, 93% en
pensiones obligatorias y 17% en voluntarias.
La reforma pensional debe enfrentar los problemas del
sistema actual y potenciar sus logros. Para esto es necesario modificar los
parámetros actuariales y la forma de financiación, aumentando la importancia
del ahorro individual, obligatorio y voluntario, y reduciendo, tanto la carga
sobre los empleadores como la del presupuesto nacional.
La expectativa de vida al nacer es importante en el
diseño desde cero de un sistema pensional, pero, para su reforma, lo es más la
expectativa de vida en la edad de jubilación. En Colombia, un hombre jubilado a
los 62 años puede vivir hasta los 80 y una mujer jubilada a los 57 puede llegar
a los 82. Es decir, el pensionado promedio pasará 18 años recibiendo su mesada,
si es hombre, o 25, si es mujer, cifras elevadas en el contexto internacional como
puede constatarse en la tabla que muestra los parámetros demográficos de
algunos sistemas pensionales.
Los parámetros financieros del sistema también parecen
estar desajustados para el tiempo de disfrute de la jubilación. La tasa de
reemplazo parece elevada, por lo menos el 75% del ingreso promedio de los 10
últimos años, y la cotización es relativamente baja, 16% del ingreso laboral.
En Suecia, que reformó hace algunos años su sistema,
la tasa de reemplazo es de 53,4% con una cotización de 21,6% y una edad de
retiro de 65 años para hombres y mujeres. En Noruega, donde todos se jubilan a
los 67 años, se debe cotizar el 20.1% del ingreso para alcanzar una pensión
equivalente al 51,6% del ingreso laboral. Los italianos cotizan el 33% para
jubilarse a los 67 años con una tasa de reemplazo de 91,8%. En Alemania,
hombres y mujeres, se están jubilado a los 65 años y medio, cotizando el 18,6%
para tener una tasa de reemplazo de 51,9%. Está previsto en Alemania elevar la
edad de retiro a 67, mientras que los italianos anticipan llevarla a 71 y los
daneses a 74. Finalmente, los chilenos, que andan reclamando por sus bajas
pensiones, cotizaron solo el 12,4% que les permitió alcanzar una tasa de
reemplazo de apenas 37,3%.
Las tasas de reemplazo relativamente bajas que se
presentan en la mayor parte de los países desarrollados, no significan que las
personas tengan forzosamente que pensionarse con ese nivel. Tampoco son
obligatorias las edades de retiro. Esos parámetros se refieren a los sistemas
pensionales obligatorios, pero la gente puede ahorrar más y trabajar más años
para mejorar su pensión.
Para el conjunto de los países de la Unión Europea la
tasa de reemplazo de 69,8 % del sistema obligatorio se eleva a 73,6 % por
efecto del ahorro voluntario y en los países OCDE pasa de 68,3% a 75%. En el
Reino Unido las cifras respectivas son 51% y 82,3%; en los Estados Unidos 61,2%
y 94,1%; en Canadá de 58,3% y 82,4% y en Japón 45,9% y 74%. Mención especial
merecen los ahorradores irlandeses quienes juntado ahorros obligatorios y
voluntarios alcanzan una tasa de reemplazo neta de impuestos de 105,6%.
En los países mencionados y otros de la Unión Europea
se han venido adoptando sistemas que privilegian el ahorro individual con una
participación creciente del ahorro voluntario. El sistema colombiano tiene esos
dos componentes, aunque, como ya se indicó, la participación del ahorro
voluntario es aún muy baja.
Para reducir su impacto fiscal, la reforma del sistema
pensional debe aumentar la edad de jubilación y elevar la tasa de cotización.
Para fortalecer el mercado de capitales, se debe aumentar el ahorro individual,
buscando que el componente voluntario eleve su participación en la financiación
de las pensiones. Adicionalmente, para mejorar el mercado laboral, es necesario
que la participación de los empleadores en el componente obligatorio se reduzca
y que concomitantemente aumente la de los empleados. El sistema actual es bueno
para los que tienen empleo estable en grandes empresas o en el sector público,
pero tremendamente inequitativo para los que están desempleados o en la
informalidad.
El llamado Sistema Multipilar, propuesto por el Banco
Mundial en 1994 y reformulado para Colombia por Fedesarrollo[1], responde en buena medida
a los problemas indicados. En el llamado Pilar Cero, financiado con impuestos,
se recogerían los programas BEPS y Colombia Mayor. Este debe ser limitado en
los beneficios y rigurosamente focalizado para evitar el sesgo de inclusión. El
pilar público de reparto simple debe estar limitado a garantizar una pensión
equivalente a no más de un salario mínimo. La obtención de una tasa de
reemplazo mayor debe depender del ahorro individual obligatorio y, de forma
creciente, del ahorro voluntario.
LGVA
Febrero de 2020.
[1] Fedesarrollo. Informe mensual del mercado laboral: la
reforma pensional que Colombia requiere. Bogotá, abril de 2018.
Esta columna me molestó tanto por todas las falacias que trae ( como la del cacareado aumento en la esperanza de vida que no existe en COL para los pensionados) que este fin de semana voy a escribir una columna refutándola.
ResponderEliminar¡Estoy muerto de susto!
EliminarMuy buena me pareció esta columna Luis Guillermo. Quisiera hacerte conocer unas ideas que tengo sobre la reforma pensional. Me puedes dar tu correo? el mio es guillermolopez@une.net.co
ResponderEliminarGracias por el comentario. Te escribí a ese correo. LG.
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