viernes, 18 de junio de 2021

Las mentiras Santos y la verdad de Uribe (II)

 

Las mentiras Santos y la verdad de Uribe (II)

Luis Guillermo Vélez Álvarez

Economista

Toda la declaración del expresidente Juan Manuel Santos ante la Comisión de la Verdad gira alrededor de tres mentiras articuladas entre sí:

i)          Uribe estaba empeñado en la derrota militar de las Farc con exclusión de cualquier posibilidad de negociación.   

ii)         Empeñado una solución estrictamente militar, Uribe no daba importancia alguna a los derechos humanos.

iii)        Por su desdén por los derechos humanos, Uribe fue indolente frente al asuntos de los “falsos positivos”, que incluso fueron estimulados por su presión por resultados. 

En anterior entrega se desmontó la primera mentira, lo que sigue se refiere a la segunda.

Afirma Santos:

“Lo que el país conoce menos es el trabajo que al mismo tiempo se hizo para fortalecer el compromiso con los derechos humanos y la legitimidad de las Fuerzas Armadas, y por consiguiente su efectividad, a través de una ambiciosa y bien planeada política de derechos humanos.

Nuestro objetivo era asegurar que el esfuerzo de seguridad –que finalmente tenía como propósito proteger los derechos de las personas, ante todo el derecho a la vida y la integridad personal– se hiciera con estricto apego a las normas y con el apoyo de la ciudadanía. La política de derechos humanos tenía por eso una doble función: cumplir con la ley y ganarnos el apoyo de la población.

La política comenzaba con el discurso, con el mensaje que le enviábamos directamente a nuestros hombres y mujeres. Por eso, el general Freddy Padilla de León, como nuevo comandante general de las Fuerzas Militares, y yo, como ministro de Defensa, insistimos una y otra vez en que el centro de gravedad de nuestras fuerzas era su legitimidad”.

Con esos tres párrafos inicia Santos la parte de su declaración consagrada a los derechos humanos, en la que se explaya en citar directivas ministeriales y en enumerar las acciones adelantadas para promover el respeto por los derechos humanos entre la tropa.

No hay en esa declaración ni una sola referencia a la Política de Defensa y Seguridad Democrática (PDSD) de 2003 que, desde ese año y hasta el final del mandato de Uribe Vélez, rigió las actuaciones del Ministerio de Defensa. Santos quiere hacer creer que la política sobre derechos humanos en las Fuerzas Armadas nació con él; que ni Uribe Vélez ni ninguno de los anteriores ministros de defensa - Marta Lucía Ramírez, Jorge Alberto Uribe y Camilo Ospina - habían hecho nada al respecto. Nada más contrario a la verdad.

El respeto a los derechos humanos – no podía ser de otra forma – estaba en el centro de la Seguridad Democrática del Presidente Uribe, porque, como explícitamente se reitera en el documento marco PDSD de 2003:

“Los derechos humanos son fundamento y razón de ser del ordenamiento constitucional. Su vigencia requiere ante todo de la plena soberanía democrática y de la capacidad del Estado de hacer prevalecer el orden jurídico en todo el territorio”[1].

El imperio de derechos humanos de todos los ciudadanos requería el ejercicio eficiente de la autoridad del estado, pero eso no podía hacerse a expensas de los derechos humanos de los mismos de los insurgentes a los que se buscaba someter a esa autoridad:

“Requerimos eficacia con transparencia. Eficacia, que se mide en resultados, y transparencia, que se mide en la observancia de los derechos humanos. Tenemos la suerte en Colombia de contar con una Fuerza Pública respetuosa como ninguna en el continente de la democracia y del orden constitucional”[2].

El respeto a los derechos humanos de los insurgentes definía pues el marco de actuación de las fuerzas armadas y no se consentía ningún abuso de parte de sus integrantes:

“Todas las actuaciones del Gobierno se darán dentro del marco de las normas jurídicas. Habrá una observancia rigurosa de los derechos humanos y un estricto acatamiento del Derecho Internacional Humanitario, como lo exigen la Constitución y la ley. Cualquier violación o abuso de los derechos humanos que cometa un miembro de la Fuerza Pública o de cualquier otra entidad del Estado será sancionado sin vacilaciones en la vía disciplinaria y la penal si a ello hubiera lugar. La Seguridad Democrática tiene como supuesto esencial la legitimidad de las instituciones frente a los ciudadanos y a la comunidad. Esa legitimidad depende de la aplicación de estos principios y del estricto cumplimiento de la ley por parte del Estado”[3]

Con relación a la actuación de la tropa, no se contemplaban medidas exclusivamente punitivas. La PDSD ordenaba su capacitación en derechos humanos y en derecho internacional humanitario:

“Se continuarán los exitosos programas de capacitación de los miembros de la Fuerza Pública en derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario”[4].

Así pues, todas las actuaciones de Santos para promover el respeto a los derechos humanos se hacen en cumplimiento de su deber constitucional y, específicamente, en desarrollo de lo dispuesto en la PDSD, como lo habían hecho todos los ministros anteriores.

Más que curioso resulta sospechoso que el olvido de los principios orientadores la Política de Seguridad Democrática provenga de alguien quien como Santos escribió lo siguiente:

“El presidente Uribe ha sido particularmente claro en este tema cuando diferencia la Política de Seguridad Democrática que él ha implementado durante su gobierno de la Doctrina de Seguridad Nacional que, con dolorosos y vergonzosos resultados, se aplicó en las dictaduras militares de los años setenta y ochenta en varios países de América Latina, bajo el pretexto de combatir el comunismo. La palabra ‘democrática’ en su política no sólo significa que la seguridad debe ser para todos sin distingos: para la oposición política, para los periodistas, para los defensores de derechos humanos, para los indígenas, para las comunidades afrocolombianas, para las mujeres, para los niños, para los extranjeros, para los sindicalistas, para todos y cada uno de los habitantes del suelo colombiano, sino también que la seguridad debe buscarse dentro de la Constitución y las leyes. El presidente también insistió desde un principio en que la eficacia que debían tener nuestras Fuerzas Armadas contra los violentos debía estar acompañada de una absoluta transparencia”[5]

Esta cita es tomada del libro de Santos “Jaque al terror”, del capítulo titulado “Una política modelo para el mundo”, dedicado a la Política de Seguridad Democrática.

Muchas fueron las cosas que en su declaración olvidó Santos. He aquí otros ejemplos.    

En 2004 y 2005, antes de la llegada de “Adán Santos”, se capacitaron en derechos humanos 1000 líderes de la fuerza pública, se entregaron 72 oficinas y bibliotecas de DDHH en instalaciones del ejército, se capacitaron 50 expertos militares y 80 docentes especializados en DDHH y DIH para entrenar e impartir cursos a la tropa, en fín, se distribuyó abundante material de instrucción – videos, material didáctico, etc. – y se construyeron pistas de derechos humanos en instalaciones del ejército y la armada[6].

También antes de que llegara Santos se adoptaron fuertes disposiciones para prevenir abusos contra los derechos humanos.

Prácticamente desde el principio de su mandato, el Presidente Uribe impartió la instrucción de que los cuerpos de los terroristas dados de baja en enfrentamientos con el Ejercito no fueran movidos antes que llegara al sitio de los hechos de un fiscal o un funcionario judicial civil que se encararía del levantamiento del cadáver[7].

Más tarde, cuando Camilo Ospina oficiaba como Ministro de Defensa, después de la masacre de Jamundí, donde en confuso enfrentamiento murieron bajo el fuego del Ejército varios funcionarios de la DIJIN que adelantaban un operativo contra el narcotráfico, se dispuso que la Fiscalía se ocupara de la investigación, instrucción y calificación de los procesos para cualquier delito cometido por militares en actos de servicio o no[8]. Esto se materializó mediante un convenio interadministrativo suscrito entre el Ministerio de Defensa y la Fiscalía, que estaba vigente cuando “Adán Santos” llegó al ministerio. De hecho, todos los procesos de militares incursos en delitos de los que él se ufana se hicieron en el marco de ese convenio.

En su declaración, fiel a su inclinación de desconocer las actuaciones de los demás y de apropiarse de los méritos ajenos, Santos ignora los puntos destacados y, en general, la labor toda de los anteriores ministros de defensa en materia de derechos humanos.  

Lo expuesto se sintetiza en los siguientes tres puntos:

i)             El respeto a los DDHH y el acatamiento del DIH eran compontes centrales de la Política de Defensa y Seguridad Democrática expedida en 2003 y que rigió las actuaciones del Ministerio de Defensa durante los dos gobiernos de Uribe Vélez.

 

ii)            Tanto Santos como quienes lo antecedieron en el Ministerio de Defensa adelantaron acciones para promover entre la tropa la cultura de respeto a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario.

 

iii)           Antes de Santos, para prevenir y sancionar abusos contra los derechos humanos, se dispuso que levantamiento de los cadáveres de terroristas dados de baja en combate fuera realizado por autoridades civiles y que los delitos cometidos por militares en actos de servicio fuesen investigados, instruidos y calificados por la Fiscalía.

Por tanto, puede afirmarse que Santos miente al sostener que Uribe Vélez no daba importancia a los derechos humanos y que la política de respeto y defensa de los derechos humanos en las actuaciones de la Fuerza Pública empezó con su llegada a ministerio.

LGVA

Junio de 2021.



[4] Presidencia de la República – Ministerio de Defensa (2003). Política de defensa y seguridad democrática 2003. Página 39.

 

[5] Santos, JM (2009). Jaque al terror: los años horribles de las Farc. Editorial Planeta, Bogotá, 2009. Páginas 310-311.

[7] Uribe Vélez (2012). No hay causa perdida. CELEBRA – PEGUIN BOOKS. New York, 2012. Página 246.

 

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