lunes, 10 de mayo de 2021

La ciudadanía desarmada e indefensa

 

La ciudadanía desarmada e indefensa

Luis Guillermo Vélez Álvarez

Economista

“…todos los profetas armados tuvieron éxito, y se arruinaron cuantos estaban desarmados”

 (Maquiavelo, El Príncipe, capítulo VI)

Los desmanes de las dos últimas semanas mostraron la situación de indefensión en que se encuentran los ciudadanos por carecer de armas de fuego y porque los miembros de la Fuerza Pública, que deben defenderlos, no pueden usar las suyas.

El ya difícil acceso de los particulares al porte y posesión de armas, en los términos de la ley 61 de 1993 y el decreto 2523 del mismo año, se tornó prácticamente imposible después de la expedición del decreto 2515 de 2015, que ordenó la suspensión general de los permisos de porte. Un proyecto de ley de la Senadora María Fernanda Cabal busca restablecer las condiciones de porte anteriores al mencionado decreto. El hecho es que, por decisión del gobierno de Santos, ratificada por el gobierno de Duque, los ciudadanos están desarmados y totalmente indefensos frente a los criminales corrientes y a los criminales camuflados en la llamada protesta social.

El desarme de la policía frente a los vándalos se ordenó en el decreto 003 de enero de 2021, mediante el cual se expide el “Estatuto de reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del estado y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana”. Allí se dispone que la policía encargada de vigilar manifestaciones pacíficas no podrá portar ni usar armas de fuego, lo que está bien cuando se trata de manifestaciones efectivamente pacíficas, pero es algo completamente absurdo cuando dichas manifestaciones concluyen, como es usual, en bloqueos a las vías públicas, vandalización de la propiedad pública y privada y ataques a los propios agentes de policía.

El hecho de que el agente de policía no tenga armas de fuego o que en el caso de portarlas no pueda usarla contra su agresor, a menos que este le ataque con armas también de fuego, pone al agente en total situación de indefensión, cuando es atacado con armas como machetes, bates, adobes, bombas incendiarias, frascos de ácido que pueden tener un efecto letal.

 Por tener la certeza más o menos grande de que el agente no puede responder con contundencia a su agresión, el agresor se siente confiado y lo agrede. Diferente sería su actitud si tuviera la certeza de que el agente puede responderle con un disparo en la pierna, por ejemplo.

Hay que insistir en este asunto. Hoy predomina la teoría según la cual los policías o los soldados no puede usar armas de fuego a menos que sean atacados con armas también de fuego. Eso es gravísimo, porque equivale a desarmar al policía o al soldado. Si el atacante está seguro de que el policía o el soldado no usará su arma de fuego, esta pierde su poder disuasivo y estando armados están más desarmados que si no tuviera arma alguna y más indefensos.

La base del contrato social es la entrega al estado del monopolio de la fuerza legítima. El estado funciona no por usar permanente la fuerza sino por el poder disuasivo de esta. Cuando ese poder disuasivo desaparece, el estado colapsa. Así, cada vez que un policía o soldado pierde el poder disuasivo que le confieren sus armas, el estado está colapsando un poco.

LGVA

Mayo de 2021

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